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Política Pit-Cnt |

justicia social

Pit-Cnt presentó su propuesta para gravar al 1% más rico

La propuesta del Pit-Cnt procura obtener recursos para financiar políticas destinadas a la reducción de la pobreza infantil.

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Con el marco de una numerosa concurrencia, el Pit-Cnt presentó en el Paraninfo de la Universidad de la República (Udelar) su propuesta para la creación de una sobretasa al Impuesto al Patrimonio de las Personas Físicas (IPPF), destinada a financiar políticas específicas que apunten a reducir la pobreza infantil y adolescente.

El impuesto apunta a unas 25.000 personas con patrimonios mayores a un millón de dólares. Según estimaciones del PIt-Cnt, la sobretasa permitiría recaudar U$S 900 millones anuales, equivalentes al 1% del producto interno bruto (PIB).

Señala la propuesta de la central sindical que la riqueza y los ingresos muestran una “fuerte concentración”: el 1% de mayores ingresos percibe el 15% del total, equivalente al ingreso del 50% más pobre.

En paralelo, el 17,3% de la población se encontraba en 2024 por debajo de la línea de pobreza en 2024.

La iniciativa propone crear una sobretasa al actual Impuesto al Patrimonio de las Personas Físicas, con un mínimo no imponible de un millón de dólares. Los fondos se destinarían al Consejo Nacional de Políticas Sociales, en consulta con el Consejo Nacional Consultivo Honorario de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia.

El trabajo fue elaborado por técnicos de la Udelar junto a integrantes del Instituto Cuesta Duarte y el laboratorio fiscal y tributario de Cinve.

Principales conclusiones de la propuesta

1. Emergencia de Pobreza Infantil: La pobreza en Uruguay se concentra persistentemente en los hogares con niños, niñas y adolescentes, alcanzando un 32,2% de incidencia en menores de seis años en 2024, lo que implica que uno de cada tres niños vive bajo la línea de pobreza.

2. Concentración de la riqueza: Existe una fuerte concentración de riqueza en el país, donde el 1% más rico concentra entre el 37% y 39% del patrimonio total.

3. Destino específico del Fondo: Los recursos recaudados por la Sobretasa del IPPF deberán volcarse a un fondo estatal y destinarse estrictamente a solventar políticas de reducción de la pobreza de hogares con niños, niñas y adolescentes.

4. Enfoque en Riqueza pasiva: La sobretasa está diseñada para no afectar la presión impositiva sobre los trabajadores ni los activos afectados a actividades productivas. Se busca gravar exclusivamente a aquellos activos que generan rentas pasivas.

5.Mínimo no imponible para el 1% superior: Se propone que el mínimo no imponible sea de 1 millón de dólares estadounidenses, aproximadamente el umbral para ingresar al 1% más rico de la población.

6.Viabilidad recaudatoria: La recaudación histórica del IPPF llegó a ser del 0,6% del PIB en la década de 1990, lo que demuestra un potencial recaudatorio significativo, a diferencia del nivel "testimonial" actual.

7. Incentivo a la eficiencia: Estudios recientes sugieren que la tributación a la riqueza, al gravar patrimonios menos productivos, puede promover la eficiencia al incentivar el redireccionamiento de recursos hacia actividades de mayor productividad.

8. Contexto global de debate: La imposición a la riqueza es un debate vigente a nivel internacional, con economistas y organismos internacionales (como el G20) promoviendo gravámenes a los multimillonarios.

9. Efectos moderados de migración: Aunque existe preocupación por el cambio de residencia fiscal, la evidencia empírica rigurosa en países ricos y en la región (como Colombia) sugiere que los efectos sobre la emigración son moderados y que la contribución de los afectados que se quedan se incrementa sustantivamente.

10. Parte de una reforma integral: La Sobretasa del IPPF es considerada por la comisión como un primer paso que debe enmarcarse en una revisión integral del sistema tributario para dotarlo de una mayor capacidad redistributiva a largo plazo.

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