Este martes se aprobó en la Cámara de Senadores la denominada “Ley Federica”, que extiende la licencia maternal y paternal frente a determinadas complicaciones en los nacimientos.
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La ley sancionada, que había sido aprobada en diputados hace una semana, contempla casos en que los bebés nazcan prematuramente (33 semanas o menos), con bajo peso (1,5 kilogramos o menos), en casos de nacimientos múltiples y frente a complicaciones que necesiten tratamiento.
María Eugenia Roselló, diputada del Partido Colorado que presentó el proyecto de ley, mencionó que la norma es “una política de Estado en apoyo a la primera infancia”.
Además, manifestó sentir “orgullo” del Parlamento nacional, que “entendió la rapidez con la que debía ser aprobada (la ley) para dar apoyo a los recién nacidos y su entorno familiar”.
La “Ley Federica” amplía la licencia maternal de 14 a 18 semanas y la paternal de 13 a 30 días, para los todos los casos de prematurez, de nacimientos múltiples y nacimientos con bajo peso. En estas tres situaciones, la extensión de la licencia se aplicará más allá de si el bebé nace sano o no.
Por otra parte, en el caso de que los recién nacidos presenten complicaciones o comorbilidades y requieran tratamiento dentro o fuera del centro hospitalario, la licencia se prolongará hasta los seis meses para las madres y a 30 días corridos para los padres.