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Sociedad MIAS | Fuerzas Armadas |

Ni MIAS ni tuyas

Hospital Militar incumple con el pago de las Metas Institucionales de Atención en Salud

El Hospital Militar incumple con el pago de las Metas Institucionales de Atención en Salud (MIAS) desde hace por lo menos un año al personal quirúrgico.

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Los problemas de administración financiera en el Hospital Central (Hospital Militar) de las Fuerzas Armadas sigue en problemas, según denuncia personal sub oficial y oficial de la Institución. Al no pago de las MIAS se suma la adjudicación discrecional de plata por el artículo 103 de la ley de Sanidad Militar.

Deudas

Según nuestras fuentes el quipo de Salud que participa en el Programa MIAS (Metas Institucionales de Atención en Salud) cumplieron con la meta de 100 cirugías en el tiempo acordado, que tenía por objetivo atender a pacientes que quedaron pendientes debido a la pandemia.

Según los trabajadores se comunicaron con diferentes departamentos dentro del HCFF:AA y al no recibir respuesta consultaron en tesorería del Ministerio de Defensa nacional, en Salud Pública y hasta en el Ministerio de Trabajo pero nadie supo decir que fue de la partida adeudada.

Desde la Dirección del Hospital se les ha exigido realizar más cirugías para evitar la devolución de una partida de 200 millones de pesos a Rentas generales, pero éste pago no integra lo adeudado por las cirugías de noviembre - diciembre del 2023.

Los trabajadores fueron obligados a aceptar esta nueva directiva pero en la medida que no se les paga lo adeudado entienden violan sus derechos laborales y contractuales.

Articulo 103

Otra de las denuncias llegadas a ésta redacción tiene que ver con el pago discrecional del artículo 103 por parte de algunos de los Directores hacia algunas funcionarias y funcionarios.

El artículo 103 de la Ley 18.362 de 6 de octubre de 2008 se refiere a una compensación que se paga a los funcionarios de la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas. El Decreto N° 192/009 regula la distribución de esta compensación, que se carga al Grupo 0 "Retribuciones Personales" y al Objeto del Gasto 042.510 "Compensación especial por funciones especiales". Las compensaciones legales previstas en el artículo 103 de la Ley 18.362, junto con otras, pueden ir desde $ 4.610,89 hasta $ 16.608. Para cobrarlas, se deben cumplir los requisitos exigidos.

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