A partir de estos elementos, la Brigada Departamental Antidrogas logró determinar que la droga pertenecía a una persona privada de libertad, Cristian Alberto Fernández Corbo, de 27 años, quien estaría liderando una organización criminal con base operativa en el asentamiento Brisas del Monte, en la ciudad de San Carlos. Otro recluso, Jeorge Albert Roebuck Arambillete, de 33 años, también integraba la misma.
La red de venta de drogas contaba con puntos de distribución en distintas zonas del departamento fernandino y en Lavalleja. En ese sentido, el 24 de junio se realizaron 11 allanamientos simultáneos y dos inspecciones oculares en el asentamiento Brisas del Monte, en el barrio Rodríguez Barrios de San Carlos y en la ciudad de Minas, departamento de Lavalleja, con el objetivo de desmantelar la organización.
Durante los procedimientos se incautaron dos chalecos antibalas, municiones de calibres 20, 36 y 357, dos automóviles, una camioneta, una motocicleta, teléfonos celulares, cámaras de videovigilancia, dinero en efectivo, clorhidrato de cocaína y marihuana.
Se dispuso el decomiso de la sustancia incautada, la que debe ser remitida al Instituto Técnico Forense (ITF) para su análisis y posterior destrucción; los celulares, las municiones, las cámaras y los vehículos incautados quedarán a disposición de la Junta Nacional de Drogas.
También se llevó a cabo una nueva requisa en la Unidad N° 13 “Las Rosas”, donde fueron incautados cinco teléfonos celulares adicionales.
Además fueron detenidas tres personas, D.A.C.N., de 23 años; P.J.A.F., de 21; años, ambos sin antecedentes, y Sergio Andrés Correa Balladares, de 28 años, poseedor de antecedentes penales.
Las condenas para los miembros de la red de narcotráfico
El 25 de junio, fueron conducidos los dos privados de libertad y los tres detenidos a la sede de la Fiscalía Letrada de 4.° Turno para la indagatoria y realizada esa instancia en Fiscalía, se dispuso la condena de Sergio Andrés Correa Balladares, D.A.C.N., P.J.A.F., y Jeorge Albert Roebuck Arambillete como autores penalmente responsables de un delito de asociación para delinquir en concurrencia fuera de la reiteración con un delito continuado de suministro de sustancias estupefacientes, a cumplir las siguientes penas:
D.A.C.N. y P.J.A.F., dos años y dos meses de penitenciaría.
Para Roebuck, dos años y siete meses de penitenciaría.
Para Correa, dos años y nueve meses de penitenciaría.
Para Fernández una condena de cuatro años y seis meses de penitenciaría, como autor penalmente responsable de la comisión de un delito de Asociación para Delinquir agravado en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de negociación de sustancias estupefacientes en reiteración real con un delito de suministro de sustancias estupefacientes especialmente agravado en grado de tentativa.