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Sociedad Operación Océano | juicio | Fiscalía

Defensa aduce complot

Operación Océano: cinco años después la Fiscalía acusa

Se prevé que el juez penal Huberto Álvarez lleve adelante una reunión previa con la defensa de los 11 imputados de la Operación Océano para luego llevar adelante la primera audiencia del juicio oral.

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El juicio oral de la Operación Océano comenzará este año luego de cinco años de investigación. La fiscal Mariana Alfaro acusa a 11 personas por retribuir a menores de edad para que ejecuten actos sexuales. La defensa apunta a demostrar que existió un complot para convencer a adultos de mantener relaciones sexuales. Declararán hasta porteros de locales bailables.

Originalmente, a partir de 2020, cuando comenzó a investigarse la causa, hubo 37 personas imputadas, entre ellas una mujer. Tras dos años de investigación, 13 personas fueron sobreseídas, 4 archivos, 9 condenadas que reconocieron su responsabilidad mediante procesos abreviados. De ese universo, 11 personas resolvieron ir a juicio, que es, precisamente, la etapa que comienza ahora.

En la primera audiencia que abrirá el juicio oral se leerá, en primer lugar, un documento que dará la apertura al juicio de la Operación Océano. El auto de apertura, que ya sufrió varios cambios y que aún puede ser pasible de modificaciones, contiene 223 fojas que describen un cúmulo de pruebas de ambas partes, entre ellas chat de WhatsApp, fotos y una declaración del médico legista Willy López, quien realizó un informe sobre la apariencia física de las víctimas a efectos de determinar su edad al momento de los hechos. El documento se corrigió durante casi un año para precisar la acusación formulada por la fiscal Mariana Alfaro, que apuntará a demostrar la responsabilidad de los adultos en la retribución paga a cambio de actos sexuales. Por otra parte, las defensas intentarán demostrar la inducción a error por parte de las víctimas. Para eso, según pudo conocer Caras y Caretas, las defensas apuntan a probar que las denunciantes portaban cédulas de identidad hurtadas y encontradas, que reconocieron según declaraciones en prueba anticipada que mentían sobre su edad para no revelar que eran menores.

Las defensas de los imputados citarán a declarar en el juicio oral a porteros de locales bailables donde las adolescentes ingresaban indicando que eran mayores de edad.

Sentencias Operación Océano: guía para el futuro juicio

En tanto, algunas sentencias de 2024 del Tribunal de Apelaciones adelantan el tono del próximo juicio. Una de las últimas resueltas por el TAP de 1er Turno fue acerca de un pedido de sobreseimiento de uno de los imputados que, finalmente, se rechazó. La jueza María Helena Mainard desestimó el sobreseimiento solicitado para O. O., imputado por suministro de estupefacientes y por retribución o promesa de retribución. La defensa del imputado indicó que la adicción de C. C. —una de las víctimas— era previa. Por su lado, la defensa de las víctimas expresó que la adicción previa a sustancias habla de la vulnerabilidad de la víctima y, agregó, que uno de los imputados ya condenado fue quien la inició en el consumo. La sentencia del TAP indicó que está fuera de controversia que O. O. suministró a las víctimas cristalitos a cambio de sexo como pago a dos adolescentes.

En otra de las últimas sentencias interlocutorias de 2024, el Tribunal de Apelaciones confirmó una prueba documental propuesta por la defensa de uno de los imputados. Se trataba del registro de movimientos migratorios de la víctima, expedido por la Dirección Nacional de Migración, debido a su salida del país en diciembre de 2019. También se admitió la prueba de cuatro publicaciones que realizó la víctima C. C. siendo mayor de edad, en agosto de 2020. “Lo que hace C. C. en agosto de 2020 es por decisión particular en su vida adulta”, respondió la fiscal Alfaro. El TAP de 1er Turno rechazó el argumento de la fiscal y subrayó que la admisión de esa prueba no significa “violar ni desmenuzar la vida de la víctima, además de que se trata de prueba que coadyuva a probar la teoría del caso de la defensa, que no es exclusiva de la parte acusadora”. La prueba —siguió el TAP— apunta a demostrar “la existencia de un complot o patrón de conducta que, según la teoría del caso de la defensa o defensas, fue evolucionando y se puso en práctica para inducir a error a ciertos individuos adultos sobre las edades de las víctimas”. El Tribunal sostuvo que “si de algo debe cuidarse el operador es de caer en el fundamentalismo”, y añadió que “no se advierte que la defensa persiga exponer la vida privada de la víctima, sino demostrar la existencia de una red de menores, otras mayores, que coordinaban servicios sexuales con adultos

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