Los prestadores de salud podrán administrar dosis de la vacuna anticovid a domicilio, por una “tasa moderadora no superior a los 550 pesos, impuestos incluidos”. Así lo estableció el Ministerio de Salud Pública (MSP), por medio de un decreto del Poder Ejecutivo que se dio a conocer este viernes.
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Establece el decreto que “los prestadores integrales del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS), deberán establecer medidas que permitan vacunar a domicilio, o proveer medios de traslado adecuados a los centros de vacunación de covid-19, para sus afiliados” que “por razones etarias o limitaciones de movilidad, encuentran dificultades para desplazarse hacia los vacunatorios”.
La norma fue redactada en vista de “la necesidad de adoptar medidas que faciliten el acceso a la vacunación conta el covid-19”.
“Los usuarios incluidos dentro de la población de riesgo para covid-19, de acuerdo con las definiciones del MSP, podrán solicitar el referido servicio a domicilio o traslado a vacunatorio, prescindiendo de la indicación médica”, indica la norma.
El texto señala que la medida se mantendrá vigente por 120 días a partir de la fecha de publicación del decreto, es decir, desde el 1º de febrero de 2023.