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Política LUC |

Álvaro Delgado estimula a la gente a defenderse a tres años del crimen de Plef

En su twitter el secretario de Presidencia Álvaro Delgado en defensa de la No derogación de los 135 artículos de la LUC, sugiere de alguna manera que la gente debería armarse para defenderse al tener respaldo jurídico.

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«Cuando un delincuente entra en tu propiedad y pone en riesgo tu vida o la de tu familia, la LUC te protege mejor si te defendés. La LUC ahora protege mejor al ciudadano y castiga al delincuente», tuiteó hoy de mañana el Secretario de Presidencia.

Si bien el texto no usa la palabra armas, es claro el mensaje que ha sido estimulado entre otros por su redactor, el diputado Gustavo Zubía.

Desde las redes se ha respondido que no todo el mundo esta dispuesto a adquirir un arma para defenderse y que la responsabilidad de la seguridad de la ciudadanía sigue recayendo en el ministerio del interior.

«La que me debería proteger es la Policía, no la posibilidad de asesinar a alguien por estar en mi azotea. Tengo hijos y me niego a tener un arma en mi casa, me niego a que la “defensa” sea más violencia sin control» fuer una de las tantas respuestas recibidas.

Delgado refiere a la modificación del artículo 26 del código penal que a partir de la LUC define como Legitima defensa:

«(Legítima defensa).- Se halla exento de responsabilidad el que obra en defensa de su persona o derechos, o de la persona o derechos de otro, siempre que concurran las circunstancias siguientes: A) Agresión ilegítima. B) Necesidad racional del medio empleado para repelerla o impedir el daño. El medio se considerará racional cuando resulte ser una respuesta suficiente y adecuada a fin de conjurar el peligro derivado de la agresión sufrida. Cuando la defensa deba ser ejercida respecto de cualquier derecho de contenido patrimonial, la racionalidad deberá ser apreciada con prescindencia de que no haya existido o ya hubiera cesado una agresión física a la persona que se defiende. C) Falta de provocación suficiente por parte del que se defiende. El tercer requisito no es necesario tratándose de la defensa de los parientes consanguíneos en toda la línea recta y en la colateral hasta el segundo grado inclusive, del cónyuge o concubino, o de los padres o hijos adoptivos, siempre que el defensor no haya tomado parte en la provocación. Se entenderá que concurren estas tres circunstancias respecto de: I) Aquel que defiende la entrada de una casa habitada o de sus dependencias, o emplea violencia contra el individuo extraño a ella que es sorprendido dentro de la casa o de las dependencias. Se considerarán dependencias de la casa, en las zonas urbanas: los balcones, terrazas, azoteas, parrilleros, barbacoas, jardines, garajes y cocheras o similares, siempre que tengan una razonable proximidad con la vivienda. Además, se considerarán dependencias de la casa en zonas suburbanas o rurales: los galpones, instalaciones o similares que formen parte del establecimiento, siempre que tengan una razonable proximidad con la vivienda. II)El funcionario del Ministerio del Interior o del Ministerio de Defensa Nacional que, en ocasión o con motivo del cumplimiento de sus funciones, repele una agresión física o armada contra él o un tercero, empleando las armas o cualquier otro medio de defensa en forma racional, proporcional y progresiva, en cuanto eso sea posible, y en las mismas circunstancias agote previamente los medios disuasivos que tenga a su alcance, sin perjuicio de la prueba en contrario. III)Aquel que repele el ingreso de personas extrañas, con violencia o amenazas en las cosas o personas o con la generación de una situación de peligro para la vida o demás derechos, en un establecimiento que desarrolle actividad comercial, industrial o agraria en los términos establecidos por el artículo 3° de la Ley N° 17.777, de 21 de mayo de 2004.»

Esta modificación viene siendo criticada por organismos de Derechos Humanos y abundan los ejemplos de asesinatos cometidos por error.

El twitter se publica coincidiendo con los tres años del asesinato del artista Felipe Cabral, asesinado por el disparo de vecinos de Punta Gorda, en «defensa» de su propiedad.

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