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Deportes

Canal 5 no pasará Uruguay-Perú aunque está habilitado por ley

La decisión del Secan de no transmitir el partido, se tomó en base a una singular interpretación de la Ley de Medios y del decreto 160/019 de 2019, rubricado por el fallecido ex presidente Tabaré Vázquez, que reguló algunos aspectos, entre otros, relativos a este tipo de instancias deportivas.

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El director del Servicio de Comunicación Audiovisual Nacional (Secan), Gerardo Sotelo, anunció en declaraciones a El Observador que Canal 5 no trasmitirá el partido por Eliminatorias entre Uruguay y Perú, del próximo jueves 24 de marzo, cuyo derecho de televisación pertenece a la empresa Tenfield, pero que la legislación nacional habilita a transmitirlo por canales abiertos de manera gratuita, en el entendido de que es una instancia de clasificación de un torneo oficial.

El artículo 40 de la Ley de Medios vigente, establece que “en el caso de que ningún titular de servicios de radiodifusión de televisión abierta estuviera interesado en adquirir los derechos de emisión o retransmisión, el titular de los derechos deberá autorizar al Sistema Público de Radio y Televisión Nacional la retransmisión del evento en forma gratuita”.

La decisión del Secan de no transmitir el partido, se tomó en base a una singular interpretación de la esta ley y del decreto 160/019 de 2019, rubricado por el fallecido ex presidente Tabaré Vázquez, que reguló algunos aspectos, entre otros, relativos a este tipo de instancias deportivas.

Según declaró Sotelo, los abogados del organismo entendieron que “en principio no correspondía” pasar el encuentro, ya que el mismo no determinará por sí solo la clasificación directa de la selección uruguaya al Mundial de Catar 2022. Esto es porque Chile, de ganar ante Brasil en el partido que se disputará en simultáneo, tiene oportunidad aún de ocupar el cuarto puesto, de clasificación directa.

Sin embargo, el decreto de Tabaré Vázquez mencionado anteriormente define, entre otras cuestiones, qué se considera por “partidos que determinan la clasificación o eliminación de la selección nacional”, obligados a ser transmitidos «a través de un servicio de radiodifusión de televisión en abierto, en directo, en simultáneo y de manera gratuita».

En su artículo 31, el decreto establece que “todos los partidos cuyo resultado pueda determinar directamente la clasificación o eliminación de la selección nacional del torneo internacional en cuestión» deber ser emitidos.

Dicho artículo también prevé una resolución a la controversia planteada en este caso: define que “si el partido se disputase coincidiendo total o parcialmente con otro partido que influya en la clasificación o eliminación señalada, igualmente deberá ser emitido por el servicio de televisión abierto en directo y simultáneo”.

Tras la decisión del Secan, aún queda por ver si la Ursec (Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones) habilita este miércoles a que los canales privados transmitan el encuentro.

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