Hay muchas más situaciones. Otro embajador le dijo a una secretaria que agradeciera que no la tenía barriendo el piso. En una misión oficial un subsecretario de Cancillería expresó a una funcionaria: “Mmm, me enloquece tu perfume. ¿Cuál es?”. Y como estas, cientas.
También hubo discriminación. Una mujer denunció que le decían: “¡Al final usted nunca trabaja, se la pasa embarazada!”.
Los casos, aseguran en la carta, «son muchos más», pero muchas no hablan por temor a las represalias en su carrera dentro del ministerio.
Hay que hacer algo
Además de denunciar estas situaciones las funcionarias plantean propuestas para luchar contra la violencia y la discriminación en Cancillería. Algunas de las ideas son revisar el protocolo de prevención y actuación frente a casos de acoso sexual, laboral y moral; profundizar el resguardo de las eventuales víctimas al realizar la denuncia; capacitar a los funcionarios que asuman como jefes o segundos de misión haciendo hincapié en una formación que reafirme la existencia de derechos; designar un ‘ombdusperson’ que recoja y canalice situaciones vinculadas a la equidad, paridad e igualdad; reforzar a la Dirección de Recursos Humanos y a la Dirección de Asuntos Jurídicos con funcionarios en tema género; designar a un director en la Unidad de Género, y protocolos que garantice que se mida en base a los mismos criterios a hombres y mujeres en cada instancia de la carrera.
Ache, por su parte, quiere crear una Dirección de Género dentro de la Cancillería que pueda actuar frente a estas situaciones con mayor rango que la comisión de género creada hace poco.
El 8 de marzo Cancillería publicó un comunicado por el Día de la Mujer en el que se expresaba que «es importante señalar que las mujeres hoy siguen siendo excluidas de ciertos procesos políticos y de paz, incluso en los casos en que su participación es fundamental para negociar y mantener la paz. En tal sentido, nos es grato informarles que Uruguay está avanzando firmemente en la elaboración del Primer Plan de Acción Nacional Mujeres, Paz y Seguridad».
Legislación contra el acoso sexual laboral
El acoso sexual en el ámbito laboral refiere a «cualquier conducta de naturaleza sexual o basada en el sexo que afecte la dignidad de las personas o sus condiciones laborales y que resulte ofensiva e irrazonable para quien la recibe», según un documento del Ministerio de Desarrollo Social.
En Uruguay rige la ley 18.561 que de prevención y sanción del acoso sexual laboral y en ámbitos educativos. El artículo 2 define acoso sexual laboral como «todo comportamiento de naturaleza sexual, realizado por persona de igual o distinto sexo, no deseado por la persona a la que va dirigido y cuyo rechazo le produzca o amenace con producirle un perjuicio en su situación laboral o en su relación docente, o que cree un ambiente de trabajo intimidatorio, hostil o humillante para quien lo recibe».
Los datos disponibles muestran que, a 2015, de las mujeres asalariadas 45.000 (9,5%) vivieron situaciones de violencia sexual en el trabajo. Y 120.000 mujeres (14,8%) han vivido una situación de este tipo a lo largo de su carrera laboral. De ese total 57,8% aseguran que la violencia fue impartida por sus jefes y 42,4% por sus compañeros.