El pasado miércoles la Sala Plena de la Corte Constitucional de Colombia aprobó una medida que reduce a los 14 años la edad mínima para realizarse cirugías estéticas. Los menores de 18 años deberán tener el consentimiento de sus padres para ello. Con esto se anula el artículo tres de la ley 1799 de 2016 que prohibía este tipo de intervenciones en menores de edad excepto por motivos vinculados a defectos de nacimiento o mala praxis médica. Los magistrados argumentaron que esta legislación limitaba el desarrollo de la personalidad, la intimidad y la toma de decisiones de los jóvenes. Por otro lado, desde la Procuraduría se defiende el mencionado artículo tres argumentando que se debe mantener para proteger a los jóvenes del impacto creado por la cultura de consumo y la industria estética. Varias corrientes de cirujanos plásticos aseguran que la práctica de este tipo de operaciones en menores no es recomendable, ya que los tejidos aún se encuentran en desarrollo y en crecimiento. Según ellos la mayoría de adolescentes que se someten a este tipo de operaciones lo hacen por lograr aceptación social cumpliendo los estereotipos de belleza dictados por la industria estética. En 2014 Colombia era el octavo país del mundo (y tercero de América Latina por detrás de Brasil y México) en el que más operaciones estéticas se realizaron: 357.115.
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