El comunicado, titulado "Un día después del señalado como la llegada del colonialismo a estos territorios", firmado por una decena de organizaciones sociales, no solo denuncia la selectividad en las convocatorias, sino también la falta de acceso a información crucial, como los acuerdos firmados bajo secreto de Estado.
Los tres pilares
El sistema de participación ambiental uruguayo descansa sobre tres mecanismos principales, cada uno con sus virtudes y limitaciones.
La Puesta de Manifiesto y Audiencias Públicas, establecidas en las leyes 16.466 y 17.283, constituyen el mecanismo más conocido. Teóricamente, permiten a la ciudadanía acceder a los informes ambientales y expresar sus observaciones. Sin embargo, en la práctica, se topan con barreras infranqueables: lenguaje técnico incomprensible para el ciudadano común, escasa capacidad de respuesta de los técnicos de la DINACEA y, lo más grave, la ausencia de una devolución formal sobre cómo se consideraron los aportes recibidos.
La Comisión Técnica Asesora de Medio Ambiente (COTAMA) representa el espacio de participación más antiguo y consolidado. Reúne a representantes del Estado, sociedad civil, academia y sector privado, y ha jugado un papel clave en la elaboración de normativas ambientales. No obstante, su carácter meramente consultivo limita severamente su incidencia. La COTAMA no está funcionando desde 2023, y no ha sido citada.
Las Comisiones Asesoras Específicas (CAE), previstas en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, encarnan la promesa más avanzada de cogestión. La experiencia de la Laguna de Rocha demuestra su potencial: allí, una comisión logró consensuar un reglamento de pesca artesanal y avanzar en el ordenamiento territorial. Lamentablemente, estas comisiones no han sido generalizadas y su implementación sigue siendo marginal.
¿Participación o mecanismos de resistencia?
Más allá de estos tres pilares, existen herramientas con gran potencial que permanecen subutilizadas. La iniciativa popular que permitió la reforma constitucional del agua en 2004 demostró la capacidad de la ciudadanía para incidir en las políticas ambientales. La acción de amparo ha sido recurrentemente utilizada por organizaciones para proteger derechos ambientales como las aplicadas para el proyecto Neptuno, mientras que la mediación ambiental —aún incipiente— podría evitar la creciente judicialización de los conflictos. Todos estos mecanismos se dan como una respuesta a las etapas fallidas de participación, ya que, al no tener carácter vinculante o no ser clara la forma en que las solicitudes de la población son incorporadas, se termina judicializando la defensa ambiental.
Hacia una democracia ambiental verdadera
Los especialistas coinciden en que Uruguay necesita transitar de una participación testimonial hacia una participación con poder de decisión. "El Estado debe dejar de actuar como un 'tapón' frente a la irrupción ciudadana", señalaba ya en 2007 el investigador Alain Santandreu en su documento "Instrumentos y estrategias para promover la participación ciudadana". El Estado “tapón” es ese que frente a una “irrupción ciudadana” tiene la tendencia a reaccionar como un bloqueo que busca encauzar la participación obligando a expresar argumentos técnicos o cuestionando la legitimidad de quienes participan. De esta manera el Estado termina defendiendo los intereses externos de las multinacionales y no los internos de su población.
Las soluciones pasan por reglamentar y fortalecer los instrumentos existentes, dotar de carácter vinculante a espacios como la COTAMA en temas estratégicos, implementar definitivamente las Comisiones de Cogestión en áreas protegidas y, fundamentalmente, garantizar una participación temprana —no cuando los proyectos ya están en marcha—.
El mayor cuestionamiento es de fondo: ¿para qué sirve una EAE si los proyectos de hidrógeno verde ya están en trámite de autorización ambiental? La EAE debería ser un instrumento previsorio que defina lineamientos antes de la llegada de los emprendimientos. Su aplicación a posteriori —o en paralelo— convierte el proceso en un mero trámite burocrático, un “sello verde” para decisiones ya adoptadas.
La distancia entre el marco normativo y la práctica es abismal. Mientras las leyes hablan de participación “efectiva y real” (Ley N° 18.610), los procesos se reducen a talleres sin incidencia. Mientras la Constitución y las leyes habilitan herramientas vinculantes, el Estado prefiere la “socialización” de decisiones ya tomadas.
Mientras el hidrógeno verde avanza y las organizaciones sociales se movilizan, la pregunta que flota en el aire es si Uruguay optará por una segunda transición energética justa y popular o impuesta. La respuesta dependerá de la capacidad del sistema político para transformar la simulación en participación real.