En un polémico fallo, la jueza Federal de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, sobreseyó a los periodistas Carlos Pagni, Horacio Alderete, Roberto García y Edgar Mainhard y al ex jefe de la Servicio de Inteligencia del Estado (SIDE), Juan Bautista “Tata” Yofre, procesados oportunamente por delitos de espionaje, tras considerar que las pruebas recabadas en su contra no se hicieron dentro de los marcos de la legalidad. Entre los sobreseídos están los dos ex agentes de la Policía de Seguridad Aeroportuaria y de la ex SIDE que en 2008 pidieron asilo político en Uruguay: Pablo Carpintero e Ivan Velázquez. La Justicia uruguaya negó la extradición de ambos agentes, pero posteriormente Carpintero volvió a Argentina. La historia de Velázquez fue otra: permaneció en Uruguay, donde fue procesado, y luego condenado, por delitos de espionaje. En este marco, la jueza Arroyo Salgado (ex esposa del fallecido fiscal Alberto Nisman) anuló todo lo actuado en la causa penal tramitada contra el grupo que hackeaba y vendía información de mails de prominentes figuras políticas, empresariales y artísticas –que habría abarcado desde los secretarios de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner y el ex titular de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, hasta Susana Giménez-, según informó Página 12. En este marco, la jueza consideró que la obtención de las pruebas que originaron la denuncia contra todos los involucrados en la red de espionaje no fue realizada dentro de la legalidad. “Nos encontramos ante un proceso iniciado a partir de prácticas de inteligencia efectuadas al margen de los principios estatuidos por la Constitución Nacional y el Estado de Derecho”, afirmó la magistrada. En su fallo, Arroyo Salgado fustigó duramente la actuación de los servicios de inteligencia de Argentina durante el gobierno de Cristina Fernández, y afirmó que la “ilegalidad” en que se basó esta investigación se explica por la “situación de flagrante anarquía e irregularidades en que quedó sumida” esta dependencia estatal. Eso “se puso al descubierto y fue exponencialmente reconocido por varios funcionarios miembros del propio gobierno de la entonces Presidenta de la Nación, Dra. Cristina Fernández de Kirchner” cuando se sancionó la nueva Ley de Inteligencia en Argentina, dijo Arroyo Salgado. La magistrada también cuestionó “el empleo subrepticio e irregular de agentes encubiertos para la obtención de la información en base a la que la Secretaría de Inteligencia dio inicio”. Por ejemplo, afirmó que dos agentes de la SIDE “aprovecharon el conocimiento y la relación, prácticamente de amistad, que mantenían o que en cumplimiento de las tareas encomendadas generaron con Velázquez y a partir de ahí, obtuvieron la autoincriminación del nombrado”. “Pero esto no resulta lo más grave, sino que lo peligroso y que no puedo dejar de pasar por alto es que todas esas actuaciones, de las cuales ni siquiera se labró acta alguna, se han efectuado sin el más mínima conocimiento ni intervención judicial”. En este marco, la jueza señaló la obligación legal de que los jueces controlen este tipo de prácticas, ya que de lo contrario se le reconocerían “mayores potestades de investigación a un organismo del Poder Ejecutivo que al juez de la causa y sin ningún tipo de control previo”. La jueza argumentó que la actuación ilegal de quienes investigaron a esta organización queda de manifiesto porque antes de solicitar la intervención de los correos electrónicos de los involucrados, los servicios de inteligencia “ya tenían conocimiento de la presunta actividad de Iván Velázquez y Pablo Carpintero en las maniobras investigadas”. El fallo de Arroyo Salgado revoca el que ella misma había dictado hace unos años, cuando aceptó el procesamiento de todos los involucrados en esta red de espionaje. Entre 2006 y 2008 existió “una empresa criminal con un fin lucrativo operó dedicada a la procuración, búsqueda, sustracción, revelación y comercialización ilegal de datos, archivos e información de diversa índole: político, social, militar y económico; siendo que gran parte de esa información obtenida de los correos electrónicos de funcionarios públicos del Gobierno nacional debía permanecer secreta en función de la seguridad, la defensa y las relaciones exteriores de la Nación”, afirmó la jueza, según recuerda el diario Perfil. El espía Velázquez En Uruguay, Velázquez fue procesado en diciembre de 2008 y enero de 2009, por la jueza Graciela Gatti (hoy ministra de Tribunal de Apaleaciones), por su participación en diversas actividades ilícitas en Uruguay (entre ellas, el acceso ilegítimo a una base de datos del Ministerio del Interior), hechos por los cuales permaneció en prisión once meses, hasta su excarcelación en noviembre de 2009. En abril de 2011, la jueza Mariana Mota (hoy en una Sede Civil) dispuso su condena como “autor de un delito de cohecho simple en reiteración real con un delito de utilización indebida de información privilegiada, y en calidad de coautor de un delito de conocimiento fraudulento de documento secreto”. La indagatoria impulsada por la Justicia uruguaya determinó que Velázquez le pagó una coima a un funcionario de Migraciones, para obtener información sobre el ingreso a Uruguay, y los trámites de residencia, de tres ciudadanos argentinos, aparentemente también ex agentes de la SIDE. Según declaró ante la Sede, Velázquez temía que ellos pudieran atentar contra su vida. Sin embargo, la profundización de la indagatoria y un allanamiento de su residencia en Montevideo determinó que Velázquez poseía un programa Asepi (Advanced System for E-mail Password Interception), mediante el cual hackeaba cuentas de correo electrónico. La actuación policial supuso, además, la incautación de una computadora notebook, un adaptador bluetooth, un pen drive, modem, i-phone y celular. “Pericias técnicas posteriores pudieron comprobar la existencia del programa de interceptación de correos y numerosas direcciones electrónicas con sus correspondientes claves pertenecientes a personalidades y políticos de Argentina, Chile y de Uruguay, así como de otros países de América Latina”, expresó Mota en su fallo. En su declaración ante la Justicia uruguaya, Velázquez dijo que la “información -así como la computadora que la contenía- era propiedad del Estado argentino y más concretamente de la Policía de Seguridad Aeroportuaria de Argentina” y que él la retuvo como un reaseguro para preservar su vida.
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