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Política inflamables |

por U$S 40 millones

Ancap demandará a la Intendencia capitalina ante la Justicia

La Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional una tasa que se cobraba desde 1966 al transporte de combustibles peligrosos por la ciudad.

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Las autoridades de Ancap analizan presentar una demanda judicial contra la Intendencia de Montevideo (IM) para reclamarle U$S 40 millones por el cobro de la tasa de inflamables durante los últimos cuatro años.

Esta tasa se cobraba desde 1966, cuando a Montevideo lo gobernaba el Partido Colorado, y fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia, 57 años después, tras un reclamo de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland (Ancap).

Por su parte la comuna anunció que procura un cambio de la vieja Tasa y transformarla en un impuesto para seguir financiando el programa Montevideo Más Verde.

Diego Durand, vicepresidente de Ancap, dijo a Telemundo que el organismo analiza llevar a la comuna ante la Justicia por la intención de sustituir la Tasa de Inflamables para cobrarle U$S 40 millones por el cobro de la tasa en los últimos cuatro años.

Incluso deslizó la posibilidad de un aumento de los combustibles si esta iniciativa se concreta.

En este sentido también se manifestó el ministro de Industria y Energía, Omar Paganini, quién afirmó con este impuesto la IM “cargará a la ciudadanía con un costo injustificable”.

Consideró que la iniciativa constituye una especie de revancha de la comuna por la declaración de inconstitucionalidad de la vieja Tasa. “Lo que desde enero y antes de ser derogado era un 0,4% ahora subiría a un 0,5%. ¿Revancha?”, publicó en su cuenta de Twitter.

Nuevo impuesto

El nuevo impuesto fue anunciado por el director de Recursos Financieros de la Intendencia de Montevideo, Mauricio Zunino. “Con esto estamos haciendo uso de nuestras potestades constitucionales. Estamos haciendo las reformulaciones cumpliendo el dictamen para poder tener una normativa que se adapte, cumpliendo la constitucionalidad de la misma”, dijo.

Por el artículo 1º del proyecto se establece “crear un impuesto, al amparo del numeral 6º del artículo 297 de la Constitución de la República, que gravará a los vehículos de transporte terrestre que carguen o descarguen a granel, dentro de los límites del departamento de Montevideo, líquidos inflamables y gas licuado de petróleo para su comercialización”.

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