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Política mensaje | sindical |

por cadena

Pit-Cnt convocó a votar SÍ el 27 de octubre porque "tu futuro lo decidís vos"

Este lunes el Pit-Cnt emitió un mensaje por cadena de radio y televisión argumentando en favor de votar el plebiscito por la seguridad social.

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El 27, votes lo que votes, pone la papeleta blanca. Por que tu futuro lo decidís vos”, concluyó el mensaje que el movimiento sindical y las organizaciones aliadas, reunidos en la Comisión Afirmá tus Derechos, emitieron este lunes por cadena de radio y televisión convocando a votar por la reforma de la seguridad social.

Un video de 8.37 minutos, en el que se brindan os argumentos para votar la papeleta blanca, fue el centro de la cadena. Allí se expusieron las razones por las que el movimiento sindical convoca a votar y se deja en claro que la intención es que se reconozca en la Constitución a la seguridad social como un derecho humano.

"A los 60, cuando el cuerpo ya no da más, tenés derecho a elegir cuando jubilarte”, comienza el mensaje. Y destaca la necesidad de “recuperar el derecho a jubilarse a los 60 años”.

“Si perdés el trabajo después de los 55 años es uy difícil conseguir otro. Solo el 18% de las personas logra reinsertarse en el mercado laboral a esa edad”, señala una mujer a continuación.

Y con respecto a las AFAP señala que estas "son un mecanismo costoso, ineficiente y que no resuelven los problemas de la seguridad social. El 90% de las personas que se jubilan por las AFAP reciben menos de 5 mil pesos por mes”. Y agrega que “generan una prestación miserable”.

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Tres son los puntos incluidos en la propuesta:

  • equiparar las jubilaciones más bajas al Salario Mínimo Nacional
  • bajar la edad mínima jubilatoria a 60 años
  • derogar las AFAP

La cadena había sido solicitada por el Pit-Cnt tras conocerse el mensaje que el presidente Luis Lacalle Pou dio para defender la reforma impulsada por su gobierno.

En un documento firmado el pasado martes por Lacalle Pou, se brinda oficialmente la autorización de la “trasmisión simultánea”, prevista por el artículo 94 de la Ley 19.307.

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