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Política

Inddhh

Presentaron recurso de amparo contra la prospección sísmica para la búsqueda de petróleo

El recurso del Inddhh es contra los ministerios de Ambiente e Industria, Ancap y las empresas petroleras que llevarán adelante la prospección.

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Este miércoles se conocieron dos novedades judiciales respecto de los proyectos para la búsqueda de petróleo mediante prospección sísmica en el espacio marítimo. Por un lado, la Justicia negó competencia para analizar la demanda de medidas cautelares presentadas por representantes de las organizaciones Asamblea Mar Libre de Petroleras Uruguay y Sociedad para la Conservación de la biodiversidad de Maldonado. Por otro lado, la Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) presentó una acción de amparo para que cese “toda actividad vinculada a la prospección sísmica y a la explotación de recursos asociada a la misma”, por “su manifiesta ilegitimidad y por la vulneración de derechos humanos fundamentales”.

La prospección sísmica es una técnica que explora el subsuelo y sirve para determinar, por ejemplo, la existencia de hidrocarburos.

La actividad que corresponde a 2026 fue resuelta a partir de contratos firmados entre 2022 y 2024 por Ancap y las empresas petroleras. Entre 2012 y 2017 ya se llevaron a cabo estas tareas en áreas similares o mayores. También hubo tareas de exploración en 1982 y 2002.

Piden el cese de esa etapa

La Inddhh solicitó el cese de esa etapa. La presidenta de la institución, Mariana Mota, explicó que el recurso de amparo va dirigido al Ministerio de Ambiente, Ministerio de Industria, Energía y Minería, Ancap y las firmas petroleras que van a llevar adelante la actividad.

“Es un recurso donde se pretende que se suspendan esas prospecciones en base a una amplia información que se aporta en el recurso referente a los daños o al impacto ambiental que efectivamente tienen estas actividades. Impacto que no es negado por nadie, porque es evidente y porque además las empresas lo reconocen”, explicó.

Mota indicó que las empresas plantean formas de mitigación de los daños, que fueron consideradas insuficientes. “La mitigación no quiere decir que el daño no exista sino que el daño se va a dar efectivamente y el punto es cuál es el costo de esa actividad”, agregó.

El recurso indica que para la actividad se recurre a cañones de aire comprimido que son arrastrados por buques que emiten detonaciones que pueden superar los 250 a 300 decibeles. El ruido puede expandirse por más de 300.000 km2. El reflejo es captado por sensores para recolectar datos.

La Justicia tiene un plazo de tres días para convocar una audiencia. El gobierno no se ha pronunciado al respecto. Pero en ocasiones anteriores indicó que duplicó las medidas de protección de la fauna para el cuidado de ballenas, delfines, lobos marinos y tortugas marinas, entre otras especies, y estableció que no se puede realizar actividad a menos de mil metros de estos animales.