Argumentos endebles
Para el abogado, los fundamentos del fallo administrativo son endebles. “Los argumentos técnicos son muy magros, deficientes, y erran en la interpretación del artículo 37 literal A de la Ley 19.315”, afirmó. En ese sentido, subrayó que “nunca se trató de una crítica a funcionarios del Ministerio del Interior”, que es —según Rey— “la lectura teleológica y correcta que debe hacerse del tipo sancionatorio”.
Rey sostuvo que las declaraciones por las que fue sancionada Tuana constituyen un análisis general de la realidad social del país. “Lo que hizo Andrea fue un diagnóstico abstracto, empíricamente verificable, que puede realizar cualquier ciudadano, más aún una ciudadana extremadamente calificada”, dijo, y recordó que Tuana “dirige una maestría dedicada específicamente a estudiar estos asuntos, es directora de la organización civil EL PASO y ha intervenido en cientos de casos de abuso sexual infantil vinculados a situaciones de pobreza endémica”.
“El ejemplo es muy claro”, continuó el abogado.
“Andrea no hizo nada distinto a lo que hace el Instituto Nacional de Estadística cuando releva que el 32,2% de los niños y adolescentes en Uruguay se encuentran en situación de vulnerabilidad y pobreza extrema y, por lo tanto, expuestos a situaciones de abuso sexual”.
Metáforas
Uno de los puntos centrales del descargo del defensor tiene que ver con el uso de una metáfora que fue considerada sancionable. “Se utilizó una metáfora cuando dijo que ‘hay niños en garantía en bocas de pasta base’”, explicó Rey. “Y por una metáfora no se puede penalizar a una persona en Uruguay, porque existe libertad de discurso”.
Rey también rechazó que la condición funcional de Tuana limite su derecho a expresarse. “Aun estando en una situación funcional, siendo integrante de la División de Sanidad Policial del Ministerio del Interior, eso no la inhibe, por su condición académica, militante social y directora de EL PASO, de realizar manifestaciones públicas y diagnósticos abstractos sobre la realidad uruguaya”, señaló. “Eso es libertad crítica de discurso, ni más ni menos”.
Objetivo disciplinador
Para el abogado, la resolución tiene un objetivo disciplinador.
“Lo que hace esta sanción es disciplinar funcionarios, fomentar el ‘barrer bajo la alfombra’, promover el ‘mejor no te metas’ y contribuir a pintar un óleo que no existe”, afirmó. “Se pretende mostrar una realidad ajena a lo que efectivamente ocurre en Uruguay, que es bastante más oscura de lo que se quiere hacer ver”.
En ese marco, Rey remarcó que los hechos denunciados por Tuana no son hipotéticos. “Lo que Andrea denunció efectivamente sucedió en la práctica y hay una investigación en curso sobre ese hecho”, sostuvo.
Finalmente, el abogado anunció que el caso continuará en la Justicia. “Vamos a seguir litigando este asunto ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que es la competente para revisar las actuaciones del Estado”, adelantó. “Estamos confiados en que la resolución definitiva va a ser favorable”.
A modo de cierre, Rey dejó una crítica política directa: “El precedente que deja este caso para la libertad de discurso es realmente lamentable. Por supuesto, esperábamos que un gobierno que se supone traía otra sensibilidad tuviera también otra expresión institucional frente a este caso”.