La semana pasada volvió al tapete en el oficialismo la posibilidad modificar la Constitución para permitir los allanamientos nocturnos. La semana pasada el abogado y asesor de seguridad del Partido Colorado, Andrés Ojeda, le presentó esa propuesta al secretario de la Presidencia de la República, Álvaro Delgado.
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A la salida del encuentro, Ojeda dijo en rueda de prensa: “Los allanamientos nocturnos hoy están bloqueados, a mi juicio de forma incorrecta, vetusta y vieja, por nuestra actual Constitución. Una prohibición que viene de 1830; una prohibición del siglo XIX, que la mayoría de los países han eliminado, y por alguna razón el Uruguay de forma ridícula la mantiene”.
Pero la propuesta tomó forma, ahora, en un proyecto de ley elaborado por el senador nacionalista Carlos Camy, que será discutido con los demás partidos y puesto a consideración de la Asamblea General. De aprobarse en ese ámbito, se convertiría en un nuevo plebiscito a votarse en el día de las elecciones nacionales de octubre de 2024.
Camy explicó a La Diaria que “desde el año 2020”, a solicitud del exministro del Interior Jorge Larrañaga, se comenzó a trabajar “para presentar un proyecto de reforma de la Constitución” que habilite los allanamientos en horas de la noche “con orden del juez”. Si bien había sido parte del plebiscito que impulsó Larrañaga, que no tuvo éxito, se entendió “que había que promover el análisis y la discusión de esta iniciativa concreta y fomentar la discusión en el sistema político”. La idea en ese momento era hacerlo a través de una ley constitucional, que requiere una mayoría especial en ambas cámaras para su aprobación, lo que implicaba tener el respaldo del Frente Amplio (FA).
Como la oposición no estaba a favor, los votos no eran suficientes. En el medio, se votó la ley de urgente consideración (LUC) y la Rendición de Cuentas de ese año, por lo que el proyecto fue aplazado. Tres años después, lo que se propone es un nuevo intento, pero a través del mecanismo de la iniciativa ante la Asamblea General, que requiere dos quintos de los votos del pleno para ser aprobado. A diferencia de la ley constitucional, por esta vía no se puede establecer la fecha del plebiscito en el propio articulado, sino que se fija en simultáneo a las elecciones nacionales.
“Hoy tenemos el narcotráfico y el crimen organizado que se vale de este cerrojo que tiene la Constitución donde habilitamos, con orden del juez y para combatir el delito, un allanamiento diurno pero no nocturno”, por lo que “el ‘sagrado inviolable’ del que habla la Constitución es sólo de noche”.
En tanto, desde filas de la oposición, el senador Charles Carrera dijo al matutino que “parece bastante curioso que sigan insistiendo con este tema”, sobre todo si se tiene en cuenta que “ya fue saldado por la ciudadanía allá por el año 2019”, cuando se “plebiscitó este asunto”. “No nos negamos a discutirlo nuevamente”, pero “son ellos que ponen el grito en el cielo cuando se vuelve a someter un tema al escrutinio ciudadano”, valoró Carrera, y consideró que “la realidad” es que “ante el fracaso rotundo en materia de seguridad pública, ahora aparece una nueva excusa: que no pueden hacer allanamientos nocturnos porque la Constitución se lo prohíbe”.