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Sindicales Arazati | OSE | proyecto

Sindicato de OSE

Presentan recurso de revocación por proyecto Arazatí

Desde el sindicato de OSE consideran que no se ha respetado el mecanismo del artículo 47 de la Constitución respecto al proyecto Arazatí.

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El Sindicato de OSE presentará este lunes ante el Tribunal de Cuentas un recurso de revocación contra lo aprobado por la empresa, respecto al proyecto Arazatí. El gremio solicita que se revoque la resolución y que se suspenda el proceso.

Los trabajadores están en desacuerdo con la resolución del Directorio “que dio conformidad al proyecto presentado por el Consorcio de Empresas Privadas y dispone que se hagan los pliegos, donde ya se modela el negocio, que es de lo que estamos en contra. Además consideramos que no se ha respetado el mecanismo del artículo 47 de la Constitución”, indicó Federico Kreimerman, de la Federación de Funcionarios de OSE.

“El artículo 47 de la Constitución, además de indicar que el agua debe ser pública y estatal, y para nosotros eso es controversial en lo que se está haciendo, dispone de un mecanismo de consulta ciudadana, que para nosotros claramente no se ha cumplido.

IM presentó recurso

Por su parte el pasado viernes, La Intendencia de Montevideo presentó recursos de revocación y anulación contra la resolución del Directorio de OSE que aprobó el proyecto para la construcción de una planta potabilizadora en la zona de Arazatí, en San José, para abastecer a la zona metropolitana.

Los recursos administrativos son de revocación ante el Directorio de OSE y en forma conjunta y subsidiaria con el de anulación ante el Poder Ejecutivo, por la resolución 1144/22, dictada el 15 de noviembre.

La comuna entiende que el procedimiento seguido para emitir la resolución desconoce y viola el artículo 47 de la Constitución.

Para su petitorio, la Intendencia se ampara en el artículo 35 de la Ley Orgánica de los Gobiernos Departamentales, que le asigna el cometido de “velar por la conservación de los derechos individuales de los habitantes del departamento”, en el derecho constitucional a participar en todas las instancias de planificación, gestión y control de los recursos hídricos por considerarlo un asunto de interés general, y en la Ley de política nacional de aguas, que le da participación a los gobiernos departamentales en los Consejos Regionales de Recursos Hídricos.

Para la comuna, la resolución 1144/22 del Directorio de OSE no cumplió con las instancias de participación social previstas en la normativa. “La ilegitimidad del acto impugnado resulta flagrante”, afirma la Intendencia de Montevideo y reclama la suspensión transitoria de la resolución impugnada.

“Los perjuicios que la ejecución de la resolución irrigarían a la sociedad en general es evidente, en tanto se ha vulnerado el Derecho Fundamental de los usuarios, reconocido por la Constitución de la República”, subraya el documento.

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