Desde el Colegio señalaron que existe la creencia de que las declaraciones juradas son un requisito exclusivo para empresas o grandes contribuyentes, cuando en realidad también pueden alcanzar a trabajadores dependientes, profesionales independientes, trabajadores por cuenta propia y personas físicas que perciben determinadas rentas de capital.
Además, remarcaron que incluso quienes no están obligados a presentar la declaración deberían revisar su situación tributaria, ya que podrían tener derecho a devoluciones o beneficios que no siempre quedan reflejados en la información cargada previamente por la DGI.
Los beneficios que más se pierden
Según el CCEAU, existen tres beneficios fiscales que suelen quedar sin reclamar debido al desconocimiento de los contribuyentes.
El primero es el crédito fiscal por alquiler de vivienda permanente. Las personas que alquilaron una vivienda para residencia habitual durante 2025 pueden acceder, si cumplen con los requisitos establecidos por la normativa, a un crédito equivalente al 8% del monto total abonado por concepto de alquiler durante el año.
Otro de los beneficios más frecuentes corresponde a las deducciones por hijos y personas a cargo. Para el ejercicio 2025 es posible computar deducciones por hijos menores de edad, hijos con discapacidad y otras personas dependientes económicamente del contribuyente.
En este caso, la deducción anual por cada hijo menor equivale a 20 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC), mientras que para hijos con discapacidad el beneficio asciende a 40 BPC anuales, lo que puede representar una diferencia significativa en el resultado final de la liquidación del impuesto.
El tercer aspecto que merece especial atención está vinculado a los préstamos hipotecarios y otros programas habitacionales. Quienes pagan cuotas de créditos hipotecarios para vivienda única y permanente, integran cooperativas de vivienda o participan en determinados planes habitacionales también pueden acceder a beneficios fiscales específicos.
Desde el Colegio insistieron en que estos tres casos —alquiler de vivienda permanente, deducciones por hijos o personas a cargo y préstamos hipotecarios— son los que deberían revisarse con mayor detenimiento antes de confirmar la declaración.
El riesgo de confiar únicamente en la información precargada
La información precargada por la DGI constituye una herramienta que agiliza el proceso y reduce errores, pero desde el CCEAU subrayan que no sustituye el análisis individual de cada contribuyente.
"La principal recomendación es no confirmar automáticamente la declaración jurada con información precargada sin realizar una revisión previa", señalaron desde la institución, al tiempo que recordaron que cada persona puede tener situaciones particulares que inciden directamente en el cálculo final del impuesto.
En ese sentido, destacaron el rol de los profesionales en ciencias económicas, quienes pueden verificar que se apliquen correctamente créditos fiscales, deducciones y otros beneficios previstos por la normativa vigente, además de brindar mayor seguridad en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
"Cumplir no es solamente presentar una declaración, es hacerlo en forma correcta, informada y responsable", remarcaron desde el Colegio.
Con el inicio de la campaña de declaraciones a pocos días de comenzar, la recomendación de los especialistas es que antes de confirmar el formulario, vale la pena dedicar unos minutos a revisar la información o consultar con un profesional, ya que ese simple paso podría traducirse en una devolución mayor o en beneficios fiscales que de otro modo quedarían sin reclamar.