El último informe del comisionado parlamentario da cuenta de un importante aumento de la prisión femenina (26% en los últimos 12 meses de setiembre 2020 a 2021 mientras que la población privada de libertad toda aumentó un 9%) como producto de la aplicación de la LUC. Luego de rechazar un proyecto de la Asociación de Defensores Públicos del Uruguay y del Frente Amplio, los senadores colorados Sanguinetti, Batlle y Lanz plantean la corrección del excesivo punitivismo refrendado por la voluntad popular.
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La prisionización de mujeres jefas de hogar por intentar ingresar unos gramos de marihuana a centros penitenciarios generó alarma en buena parte de la sociedad uruguaya que aún apuesta a la rehabilitación y entiende que la cárcel no es el rehabilitador al cuál acudir en éstos casos.
Según las caracteriza el informe del comisionado parlamentario “En su mayoría se trata de mujeres pobres, vulnerables, con hijos menores a cargo, que han sido sometidas a presión de sus compañeros privados de libertad o de otras personas, para el ingreso de estupefacientes en cantidades mínimas. Dichas mujeres, han sido calificadas por el protocolo OASYS (estudio criminológico que realiza el Instituto Nacional de Rehabilitación), en su gran mayoría como personas de baja o nula peligrosidad. Ello ha llevado a situaciones de máxima injustas e inadecuadas, como ha sido ser sancionadas con este mínimo de cuatro años, sin derecho a redención de pena además, por ingresar 50 gramos de marihuana, por ejemplo”.
Proyecto colorado
En el proyecto que está a estudio de la Comisión de Constitución y legislación del Senado presentado por los senadores Carmen Sanguinetti, Raúl Batlle y Pablo Lanz se propone sustituir el artículo 36 del Decreto-Ley No 14.294, de 31 de octubre de 1974, en redacción dada por el artículo 74 de la Ley No 19.889, de 9 de julio de 2020,la pena de cuatro a quince años de penitenciaría en una serie de delitos que tiene que ver con sustancias estupefacientes, y considera circunstancia agravante especial el delito consista en el intento de ingreso de sustancias estupefacientes a establecimientos carcelarios o de privación de libertad de adolescentes infractores. En estos casos la conducta será considerada como acto preparatorio pero a su vez faculta al magistrado para decidir acerca de la imposición o en su caso la sustitución o la cesación de la prisión preventiva: “a) necesidad de atender circunstancias familiares o especiales del imputado que hicieran evidentemente perjudicial su internación en prisión. Se considerará especialmente al imputado que tuviere la guarda exclusiva de niños, niñas, adolescentes o personas con discapacidad siendo el vínculo favorable a su desarrollo integral según informe técnico que lo acredite en atención al interés superior del niño, niña o adolescente.
- b) imputadas en estado de gravidez a partir del quinto mes de embarazo o madres que
estén amamantando durante el primer año de lactancia;
- c) imputados afectados por una enfermedad que acarree grave riesgo para su vida o salud,
extremo que deberá ser acreditado por el informe pericial correspondiente;
- d) imputados mayores de setenta años cuando ello no involucre riesgos considerando las
circunstancias del delito cometido”.
Pertinentes reclamos
(Dra. Victoria Muraña)
La integrante de ADEPU Victoria Muraña que integra comisión penal de dicha asociación consultada por Caras y Caretas sobre el tema expresó: “nosotros presentamos un proyecto de la comisión penal que integro dentro de la asociación de defensores públicos, donde tratamos de encontrar una solución intermedia a este cambio . Con la ley de urgente consideración la 19.899, volvió a la redacción original a la ley 14294 que regula lo relativo a los delitos relacionados con estupefacientes. En su redacción original las situaciones como ésta de ingresos, de sustancias estupefacientes a establecimientos carcelarios, estaba previsto como un delito independiente; una ley posterior que es la 17016, modificó esto y lo puso como un agravante de otro delito, por ejemplo, una persona que tenía determinada cantidad de sustancia, la intenta ingresar a un establecimiento penitenciario y en ese caso se le agrava la responsabilidad por esa conducta .Esta ley vuelve a la redacción original y quedan abarcadas situaciones que antes no se penalizaban, específicamente en el caso de estupefacientes, el delito consumado, el delito tentado, tienen las mismas penas. El acto preparatorio se puede penar con 1/3 de la pena".
Cuenta que desde "entonces se ha tratado de solucionar este problema entendiendo que son actos preparatorios, pero la modificación ha sido para nosotros gravísima por el excesivo quantum punitivo que tienen estas conductas, entendemos que el espíritu del legislador no fue abarcar situaciones de cantidades mínimas de sustancias estupefacientes, pero esa modificación comprende una cantidad de situaciones que abarcaron estas cantidades de mujeres que intentan ingresar pequeñas cantidades de sustancias estupefacientes, cantidades que incluso pueden ser propias de consumo personal a establecimientos penitenciarios y la mínima prevista para esta conducta es de cuatro años de penitenciaría y una consecuencia también de la misma ley es que no hay derecho a redención por trabajo y estudio en el caso de sus delitos. Las nuevas con estupefacientes si se puede estudiar y trabajar, pero no da ningún beneficio".
"La pena en su naturaleza tiene un carácter de castigo, pero también busca la rehabilitación. Entonces, ¿qué idea de resocialización de rehabilitación puedo tener yo penado si no tengo ningún beneficio?, en definitiva, parece que es más que nada punitivo y nada más ,estamos ante una política claramente punitivista".
ADEPU presentó el proyecto al parlamento donde Muraña explica que , "nosotros se lo presentamos en agosto a la senadora Carmen Sanguinetti también, que ahora presenta un proyecto y quedó a estudio, pero pensábamos que tal vez con la ley de rendición de cuentas pudiera entrar, pero no, no tuvimos aprobación; nosotros lo que queríamos justamente era volver el sistema para atrás, donde se penalizaban estas conductas, si es que ameritaba la penalización, y además, la posibilidad que estas hipótesis se pudieran aplicar un régimen de libertad a prueba. Esa era la idea la base de nuestro proyecto pero no tuvimos respuesta y no lo vimos tampoco plasmado en la legislación".
Consultada con respeto al proyecto de los senadores Sanguinetti, Batlle y Lanz, expresó que "lo analizamos y nosotros aplaudimos cualquier proyecto que que busque una solución a este problema porque creo que estamos todos de acuerdo que es un exceso, que no hay proporcionalidad entre la conducta y la pena a recaer, entonces por eso lo celebramos. Tenemos algunas opiniones en cuanto a como está redactado y entendemos que no es la mejor solución porque siempre todas estas legislaciones lo que ha pasado con las sucesivas leyes es que han ido tratando de tapar agujeros, el tema es que tapando un agujero, a veces aparece otro y otro, entonces creo que hay que hacer un análisis abarcativo de una multiplicidad de situaciones, no solamente esta situación puntual porque si mal no recuerdo en uno de los artículos de lo que se prevé que todas estas situaciones de ingreso, de sustancias o intento de ingreso, todas sean penalizadas como acto preparatorio. Hay que pensar en la naturaleza del delito en el iter criminis, la fase interna en la fase externa en la fase externa voy a tener el acto preparatorio, también la tentativa y delito consumado, pero si todo ese acto preparatorio, en definitiva, estoy tratando de definir algo que lo tenemos todos, estamos hablando de la naturaleza del delito, creo que esa parte no, no tendríamos que tocarlo porque es lo que es. Creíamos que la solución planteada era buena, de todas formas no, no voy a decir que es una solución mala porque trata de apañar este tema de de las mujeres, ese es el tema que nos queda un poco resonando ahí".
El tiempo perdido
En febrero del 2022 la periodista Meri Parrado entrevisto a la abogada especialista en Derechos Humanos Valeria España que ya advertía que “La Ley de Urgente Consideración, en general, en todo el capítulo de seguridad, tiene una impronta punitivista basada en la idea de que la seguridad puede solucionarse con más penas. En relación a los delitos vinculados al narcotráfico, se ensaña con el eslabón más débil de la cadena del narcotráfico: el microtráfico”.
También agregaba que “no se debe perder de vista que no se vive de igual manera el encierro siendo mujer que hombre. Sabemos que el tema de cuidados recae en la población femenina y que muchas mujeres se enfrentan a la situación de tener que estar privadas de libertad con sus hijos. Hace poco sucedió que una mujer fue detenida por tentativa de hurto (el hecho no se concretó) , y la trasladaron a un recinto carcelario sin su hijo. Es decir: un bebé de once meses separado de su madre por una tentativa. Esta situación tiene un impacto doble en esas mujeres que tienen que atravesar el rigor de la ley de una manera desproporcionada”.
El 7 de Octubre del 2020 el Frente Amplio presentó en el senado una propuesta en la Rendición de cuentas parecida a la que hoy presenta el Partido Colorado; dos años y pocos perdidos que podrían haber sido la diferencia para la vida cotidiana de una enorme cantidad de mujeres.