El proyecto surge a partir de las sentencias de segunda instancia donde jueces de familia impusieron al Ministerio de Vivienda otorgar viviendas a tres familias en critica situación con menores a cargo que habían ocupado unos terrenos en la zona oeste de Montevideo.
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El Proyecto pretende también evitar la injerencia de organismos internacionales como entiende Manini, fue el caso de la resolución de la ONU ante una solicitud de amparo.
El proyecto de dos artículos propone:
Artículo 1º. Declárase, conforme lo establece el artículo 85 numeral 20º de la Constitución Nacional que confiere a la ley la potestad de interpretar la Constitución y a la potestad del legislador de dictar nuevas leyes interpretando las preexistentes, lo siguiente:
El artículo 45 de la Constitución Nacional no establece el deber del Estado de proveer de viviendas a las personas que carezcan de ella, sino le asigna el poder-deber de fijar políticas públicas a través de la ley, que propenderán a la obtención de una vivienda decorosa, higiénica y económica de todos los habitantes, facilitando su adquisición y estimulando la inversión de capitales, estableciendo criterios de justicia social para su distribución.
Las leyes vigentes, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ratificado por Uruguay mediante Ley No 13.751, de 11 de julio de 1969, y la Convención de Derechos del Niño ratificada por nuestro país mediante Ley No 16.137, de 28 de setiembre de 1990, no establecen una obligación a cargo del Estado de proveer, de inmediato y en forma gratuita, una vivienda adecuada a las personas que lo necesiten y no puedan acceder a ella por sí mismos en lo inmediato.
Artículo 2. Comuníquese.
En diálogo con Caras y Caretas Portal el abogado y senador Charles Carrera expresó: » El proyecto en el contexto jurídico-político que se propone es sustancialmente modificativo de lo que dispone el articulo 45 de la Constitución y lo que tratan los tratados en materia de vivienda y derechos humanos. Se da en el marco de tres pronunciamientos de segunda instancia por unanimidad, donde se interpreta el articulo 45 de la constitución, en un sentido directa e ineludiblemente opuesto al proyecto. Desde el punto de vista jurídico no se puede pretender resolver un diferendo judicial a través de una ley. Hacer esto implica vulnerar el derecho de Garantía Jurisdiccional y ese camino no es correcto. El camino que debe emprender el gobierno es el camino de asignar recursos presupuestales, de no recortar fondos para las políticas de vivienda. No se aseguran los recursos presupuestales que claramente tiene consecuencias, y además se pretende por ley limitar un recurso que están dando los jueces. Se le recorta a los habitantes el derecho de tener tutela jurisdiccional, se le quita el derecho de amparo a la gente que es una herramienta jurídica. Por otro lado el proyecto busca que una ley nacional interprete los Tratados Internacionales y eso es violatorio de la Convención de Viena y cuando un estado firma un tratado lo tiene que cumplir de buena fe, y la Convención es clara en que nadie puede aducir un ley interna para no cumplir los tratados internacionales firmados por una comunidad de Estados. Este proyecto pretende modificar lo que expresa el Articulo 45 de la Constitución y los Tratados Internacionales».
En tanto, el dirigente de FUCVAM Gustavo Gonzáles señaló a este medio que: «Lo que todos los integrantes del Estado deben tener claro en este país y no lo han tenido desde hace mucho, es que uno nace en la tierra y la tierra no se reproduce, así que lo que debe preocupar a Manini es quién genera la segregación espacial, y esa segregación la genera la propiedad privada. Se sigue criminalizando a los pobres. Un terrícola tiene que tener un espacio de tierra para vivir por que aun no le ganó a la ley de gravedad y no puede vivir flotando, entonces se debe consagrar ese derecho fundamental para poder vivir. El problema de fondo es la propiedad privada, pero mientras no se resuelva esto, el Estado debe apelar a un presupuesto que le permita la construcción de viviendas. Una de las propuestas de FUCVAM es afectar con el 0,1% del impuesto al patrimonio de las grandes empresas que permitiría obtener 160 millones de dólares por año».