Como todos los años, la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) adhiere activamente a esta conmemoración.
En el 2008 el Estado uruguayo ratificó la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas mediante la ley n.º 18420, cumpliendo de esta manera con su obligación de suscribir convenios internacionales y adecuar su legislación para una efectiva protección de los derechos humanos en la práctica.
Por definición, una desaparición forzada es el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad ejercida por agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado. A esto se suma la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento del paradero de la persona desaparecida, a quien se le quita toda la protección de la ley.
Se trata de un tema profundamente humano: en Uruguay vivimos esta situación durante doce años, hubo una práctica sistemática de desaparición forzada y a pesar del paso de los años no hemos podido aclarar la situación de las personas detenidas desaparecidas, salvo escasas excepciones.
La INDDHH tiene en sus manos la competencia de búsqueda de las personas desaparecidas, con la cual mantiene su objetividad y compromiso. Pero como es de orden, exhorta nuevamente a todos aquellos que tengan información sobre el posible paradero de las personas desaparecidas durante la dictadura a brindarla.