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Economía jubilados | reforma | BPS

La Reforma en discusión

¿De qué forma los jubilados pueden volver a trabajar?

¿Todos los jubilados pueden volver a emplearse? ¿Qué implica esta medida para el mercado de trabajo?

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Desde el 1° de agosto rige la primera modificación incorporada por la reciente Reforma de la Seguridad Social, a través de la cual se amplía la posibilidad de que jubilados vuelvan a emplearse. Profundizar sobre este tema es necesario. Para eso la Representación Social de los Trabajadores en el Banco de Previsión Social (BPS) viene realizando un trabajo importante de comunicación y análisis de las nuevas condiciones.

Conversamos con el director Ramon Ruiz, quien nos aportó sus opiniones y los detalles de parte de los trabajos realizados por su equipo. Aprovechamos para destacar algunos de los principales aspectos de esta nueva realidad de ampliación en la posibilidad de trabajar en la etapa de jubilación.

Este artículo es la síntesis de los conceptos y documentos aportados por la representación de los trabajadores en el BPS.

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La jubilación es un derecho que se tiene luego de muchos años de trabajar y aportar. Si bien puede ser bueno tener actividad, la diferencia es cuándo puede ser una necesidad o parte de ocupar el tiempo y generar algún recurso extra. Por diversos aspectos la medida en sí como su implementación tienen una alta complejidad que requiere ser analizada en profundidad. Algunos aspectos de interés son qué implica la nueva norma y a quiénes alcanza, cuáles son sus impactos en el mercado de trabajo, cuáles son los verdaderos fundamentos más allá de lo que se ha dicho por quienes defienden la Reforma y el proceso de implementación.

Se trata de una medida que ya existe para algunos sectores de actividad y con la nueva norma se generaliza. Esta medida ha tenido controversias varias por la falta de claridad en su implementación hasta por las dificultades a nivel del empleo, así como la baja en las jubilaciones reales que no pueden ser compensadas con la posibilidad de trabajar. Se vienen poniendo en el debate quienes cuestionan la nueva norma que no hay una posición contra el derecho al trabajo, pero que se debe atender la diversidad de casos.

Para eso hemos estado conversando con el Director de la Representación Social de los Trabajadores para que nos ayude a analizar la nueva realidad. Existen una cantidad de nuevas normas que ya están implementando y que cambiaron las reglas de juego, la posibilidad de trabajar luego de jubilarse es una más.

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Jubilarse y trabajar. No es nuevo, pero se amplía. Con la Reforma reciente de la Seguridad Social quedó establecido un régimen previsional común a través del cual las personas jubiladas por el sistema de Industria y Comercio, Rural o Servicio Doméstico del BPS pueden reiniciar actividades en otros o en el mismo régimen. También quienes tienen multiempleo pueden cesar en algunas y continuar en otras. La implementación se dio a partir del primero de agosto.

Puede implementarse de diferentes maneras, por ejemplo:

  • un trabajador de Industria y Comercio, Rural o Doméstico que quiere reducir el tiempo de trabajo jubilándose en forma parcial y continuar empleado
  • o el trabajador no dependiente en Industria y Comercio que tiene 65 años de edad y causal y quiere seguir trabajando y puede dejar de aportar.
  • Otro caso es el trabajador dependiente y no dependiente en actividad con más de un empleo que tiene causal y quiere dejar alguna de sus actividades.
  • Finalmente, el otro caso que se identifica es aquel jubilado que quiere volver a trabajar.

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Nueva realidad para el mercado de trabajo. ¿Cómo impacta en el mercado de trabajo?

No se conocen por el momento estudios sobre este tema, y en los hechos no hubo presentación de estudio de impacto previos y alternativas de medidas para atender la nueva realidad.

Esta situación es preocupante ya que tenemos un mercado de trabajo que en la actualidad tiene importantes dificultades y que se vienen acentuando en especial en determinados grupos poblacionales. Algunos ejemplos relevantes son la existencia de un alto porcentaje de jóvenes que hoy tienen altos niveles de desocupación. En realidad la incapacidad del mercado para absorber a los que no tienen experiencia laboral. Otro ejemplo son las personas mayores de 40 que quedan con dificultades.

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La Reforma fue muy parcial, sólo se refirió a buscar un recorte de prestaciones sin atacar temas relevantes como el financiamiento, los cuidados y la nueva realidad del mercado de trabajo con nuevos tipos de vínculos y situaciones que pone el teletrabajo, automatización, entre otros. Todos estos cambios requieren un nuevo marco regulatorio tanto en lo que hace a las condiciones como a la protección actual y futura.

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Los nuevos viejos, la justificación del aumento de la esperanza de vida. El aumento de la edad jubilatoria no es una consecuencia automática del incremento de la esperanza de vida que en definitiva no es más que un indicador promedio. Sin dudas muy importante pero no indican la verdadera realidad de todas las personas según su actividad, su realidad física, su sexo, entre otra cantidad de características.

El aumento de la esperanza de vida, de acuerdo a lo que destaca el director Ruiz, debe tener un abordaje integral y debe ser visto no como un problema que afecta al financiamiento de la seguridad social. Agrega que por ahora los trabajadores son los únicos que vienen poniendo el esfuerzo para ayudar con el déficit de la seguridad social.

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Banco de Previsión Social, la institucionalidad central en la nueva Seguridad Social. Hay en la actualidad una importante presión sobre el BPS, tiene mucho más trabajo, menos personal y todo el desafío de implementar los cambios que aún no están totalmente claros como se van a concretar, incluso los que ya entraron en vigencia.

La nueva Reforma de la Seguridad Social son más de 300 artículos, seis decretos reglamentarios que tienen un total de 200 artículos con un escenario de muy poco tiempo para llevarlas a la práctica. Hoy todo esto está en manos del BPS.

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Jubilaciones reales y necesidad de trabajo. En los últimos tiempos las jubilaciones reales han venido a la baja, al igual que los salarios reales. El 2020, 2021 fueron de caída y recién comenzaron una recuperación en el 2022. La nueva posibilidad de trabajar no debe ser la alternativa para cubrir la pérdida sufrida en los últimos tiempos. Si bien el derecho al trabajo no se niega, no puede ser la justificación para obligar por necesidad a trabajar cuando se ha logrado el derecho al descanso en los adultos mayores.

El tema no está acabado, es solo el comienzo. Por ahora se necesita llevar adelante la puesta en práctica y a la vez generar las medidas suficientes para atender las debilidades crecientes que tiene el mercado de trabajo y los nuevos desafíos que se vienen imponiendo.

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