El lunes 17 de febrero, el Poder Ejecutivo aprobó un decreto modificativo del artículo 6 del Decreto 106/2007, que reglamenta la Ley 18.033, que habilitó el pago de una Pensión Especial Reparatoria (PER), para las víctimas de las dictadura.
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Por el mismo, la misma será percibida en su totalidad por los cónyuges, concubin@s, hij@s menores y discapacitados en caso de fallecimiento del titular.
En los hechos, esto significará, un aumento real de un 25% a lo que ya se percibe.
Gastón Grisoni, directivo de CRYSOL expresó que «se trata de un acto de estricta justicia, por el que hace años luchamos. Lo es en la medida que las limitaciones que establecía la Ley 18.033 para que l@s viud@s de los causahabientes cobraran la integridad de la pensión era un caso único en nuestra legislación al respecto».
Por otra parte, manifestó Grisoni: «se trata de un universo muy acotado, formado en un 80% por varones, con un promedio de edad de 72 o 73 años. En definitiva, más allá de que con esto se cumple con lo que dice la ley, entendemos que esta modificación a la misma es un acto de respeto, insoslayable para resarcir integralmente a las víctimas del terrorismo de Estado.