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Mundo

España: 15 años de prisión para “La Manada” por violación

Los acusados en este caso fueron previamente condenados a 9 años por un delito de abuso sexual. La reciente sentencia modifica el tipo penal y eleva la condena.

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El Tribunal Supremo de España ha decretado este viernes 15 años de prisión para los cinco miembros de La Manada que atacaron a una joven en los sanfermines de 2016. Tras escuchar en una vista pública los recursos de las acusaciones y las defensas, los magistrados han decidido calificar los hechos como un delito de agresión sexual, al considerar que los acusados intimidaron a la víctima para forzarla a mantener relaciones sexuales.

Los acusados –Antonio Manuel Guerrero, Jesús Escudero, José Ángel Prenda, Alfonso Jesús Cabezuelo y Ángel Boza– ya habían sido previamente sentenciados por este mismo caso, en abril de 2018, a 9 años de cárcel, al ser hallados culpables de un delito de abuso sexual.

Quedan así avaladas las tesis defendidas por la Fiscalía, que solicitaba que la pena se duplicara al considerar que los hechos no constituían abuso sexual, sino violación. «En la agresión, la voluntad del autor se impone por la fuerza, ya sea con violencia o intimidatoria», explicó la fiscal Isabel Rodríguez, señalando que «no se puede pedir a la víctima una actitud peligrosamente heroica».

Esta decisión del tribunal implica que la condena ya es firme, y las autoridades han procedido a su detención inmediata.

El Supremo también ha duplicado la cuantía de la indemnización por responsabilidad civil que los condenados tendrán que abonar colectivamente a la víctima, que pasa de los 50.000 hasta los 100.000 euros.

Uno de los sentenciados de La Manada, Antonio Manuel Guerrero Escudero, ha sido declarado culpable, además, de un delito de robo con intimidación, por sustraer el teléfono móvil de la víctima. En este sentido, el fallo de los jueces detalla que el escenario intimidante en el que tuvo lugar ese hecho concreto hace que la sustracción del móvil no pueda ser calificada como un hurto –como constaba en la sentencia anterior–, sino como un robo con intimidación. Por tanto, a su pena de 15 años por la agresión sexual se añaden otros dos por este otro delito, sumando un total de 17 años de cárcel.

El hecho poco habitual de que el alto tribunal haya dictado su fallo en el mismo día en el que ha tenido lugar la vista pública indica que, con toda probabilidad, existía ya entre los magistrados una postura clara a partir de los escritos presentados por las partes, que no se ha visto modificada por los argumentos presentados en la sesión de este viernes.

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