La ceremonia de señalización se llevará adelante en el cuartel donde en junio de 1974 Nibia Sabalsagaray fue asesinada en la tortura.
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Para facilitar la asistencia a esta actividad, Crysol pondrá un bus gratuito con lugares limitados.
Hay que inscribirse previamente, con anticipación, como siempre, contactando al 099 408 655 de 11 a 18 horas.
El bus sale de la sede social indefectiblemente a las 11.45 am.
El uso del tapabocas será obligatorio.
Nibia
Nibia Sabalsagaray Curutchet nació en Nueva Helvecia el 10 de septiembre de 1949 y murió asesinada en la Brigada de Transmisiones el 29 de junio de 1974. Fue una profesora de literatura egresada del Instituto de Profesores Artigas.
Hija de un obrero textil de la fábrica Campomar y Soulas, fue reconocida por compañeros y profesores como una alumna brillante.
En 1968, ingresa al IPA a estudiar Literatura y se integra a la Agrupación gremial Renovación del Centro de estudiantes del IPA (CEIPA) e integra la Unión de la Juventud Comunista de Uruguay (UJC).
El 29 de junio de 1974 fue detenida a las dos de la mañana en su domicilio y conducida al Batallón N° 5; al mediodía del mismo día se informa su muerte a los familiares catalogándola de suicidio y entregando el féretro con la prohibición expresa de abrirlo.
La familia no respeta esta prohibición y Marcos Carámbula estudiante de Medicina -a seis meses de recibirse de médico- pudo constatar las numerosas muestras de tortura que presentaba su cuerpo y cómo las marcas en su cuello no correspondían a las que puede provocarse la misma persona.
El 8 de septiembre de 2004 su hermana Estela Sabalsagaray presenta una denuncia legal pidiendo la investigación de las circunstancias de la muerte de Nibia.
En el 2005 el Gobierno del Presidente Tabaré Vázquez colocó fuera de la Ley de Caducidad la muerte de Nibia Sabalsagaray porque en su detención habrían participado civiles, según la presentación ante la Justicia que hizo la hermana.
El 19 de octubre de 2009 la Suprema Corte de Justicia de Uruguay declaró por unanimidad inconstitucional la aplicación de la Ley de Caducidad en el caso de Nibia Sabalsagaray. Los magistrados justificaron la medida al argumentar que la norma viola la separación de poderes y que no puede ser entendida como una ley de amnistía, porque no fue aprobada según lo regulado por la Constitución.
El 8 de noviembre de 2010, el juez Rolando Vomero procesó al general Miguel Dalmao y al coronel retirado José Chialanza como responsables de homicidio muy especialmente agravado.