El relevo regular de mandato efectuado cada dos años en el sindicato de trabajadores del sistema financiero, solo antes interrumpido durante la dictadura, volvió a tener una pausa en 2021 a causa de la pandemia. Por ello, los cargos adjudicados en los comicios que comenzarán este viernes 22 durarán en sus funciones un año y no dos como lo hacían habitualmente.
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Un conjunto de dificultades originadas en las restricciones impuestas por la pandemia, condujo al Consejo Central de AEBU a decidir, en marzo de 2021, la postergación de la votación de sus autoridades. En ese momento la Comisión Electoral analizó la situación creada por la pandemia y
consideró “imposible adoptar medidas de sanidad que permitan dar seguridad a quienes participen (de todas las franjas etarias y de diversos sectores de riesgo) en las diferentes etapas del proceso electoral”. Atenta a las trabas existentes, comunicó al Consejo Central que no podía asegurar el normal desarrollo del proceso electoral porque en esas condiciones “un grupo muy importante de compañeros no concurriría a ejercer su derecho al voto”.
Por este motivo se resolvió la prórroga que llevó a tres años el mandato de las actuales autoridades presididas por Elbio Monegal, y así finalmente se retorna al ejercicio del voto.
La cantidad de trabajadores habilitados para esta instancia asciende a 9.190 activos (4.545 oficiales y 4.399 privados), 3.984 jubilados, 1.317 pensionistas, 152 funcionarios de AEBU y 94 de la Caja Bancaria. El acto eleccionario en el interior tendrá lugar los días 22, 25 y 26 de abril, y en la capital el 25, 26, 27 y 28.
En esta oportunidad y pese al levantamiento de muchas de las restricciones sanitarias, la Comisión Electoral del sindicato no ignoró la situación de pandemia, y por ello dispuso facilidades para el ejercicio del voto epistolar. Esta medida estuvo dirigida a aquellas personas que tanto por la precariedad de su salud como por razones laborales estuvieran impedidas de votar de manera presencial. Con este objetivo se organizó el envío del material electoral a domicilio de los afiliados y se los proveyó de un instructivo, para que cumpliendo con determinados requisitos destinados a verificar su identidad pudieran expresar su voluntad.