La mala calidad de las grabaciones de las audiencias judiciales provocó que varios ministros de Apelaciones en lo Penal propusieran cambios en el CPP. Además, se denuncia falta de garantías a la hora de las declaraciones de reclusos que responden mediante videoconferencias porque el Ministerio del Interior no cuenta con suficientes móviles para su traslado a los juzgados.
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La modificación que se pretendía hacer en el Código de Proceso Penal (CPP) en la presente Rendición de Cuentas sobre el momento para apelar las pruebas que se discuten en la audiencia de control de acusación, tuvo un origen práctico. Si bien los derechos de los imputados podrían haberse visto afectados, tal como denunció la Asociación de Abogados Penalistas, la explicación al pretendido cambio en el artículo 365 del CPP residió en el problema que provoca el sistema de grabación de audiencias instalado desde 2016 por la Suprema Corte de Justicia. Los cambios que se apuntaban a hacer al artículo mencionado revelaron uno de los problemas prácticos que tienen los ministros de los Tribunales de Apelaciones, que deben resolver en 15 días los recursos presentados por las partes. La situación se suma a varias que está generando el Código de Proceso Penal. Según varias fuentes consultadas por Caras y Caretas, uno de los mayores problemas que los jueces detectan del CPP es la prisión preventiva sin que previamente se diligencie prueba.
Este miércoles finalmente se retiraron de la Rendición de Cuentas los cambios al artículo 365 del CPP, que refiere a la oportunidad para apelar las pruebas que se debaten en la audiencia de control de acusación. Se trata de la audiencia más importante luego de la imputación de una persona, porque en esa instancia quedarán en pie o no las pruebas con las que van a contar las partes -fiscalía y defensa-, a la hora del juicio que resolverá el conflicto. Por eso, esas pruebas forman parte de una verdadera batalla. Buena parte del juicio se dirime precisamente en la etapa de control de acusación, antes del juicio oral. Si el juez de Garantía, que encabeza la audiencia de control de acusación, admite una prueba al tiempo que rechaza otra, la parte que considera esencial ese medio probatorio deberá protestar. La protesta puede llegar a los Tribunales de Apelaciones que deberán resolver sobre si esa prueba debe ser incluida o no en el juicio oral.
La Asociación de Abogados Penalistas del Uruguay manifestó en un comunicado que hizo público su más enérgico rechazo al proyecto de modificación del artículo 365 del Código de Proceso Penal por ser contrario a los principios que inspiran nuestro sistema y, sobre todo, al sentido común. Los cambios que se proyectaban establecían que las resoluciones del juez de Garantía sobre la prueba en la audiencia de control de acusación serían apelables con efecto suspensivo para discutirlas luego del juicio oral, es decir con la apelación de la sentencia definitiva. La Asociación de Penalistas indicó que es un sinsentido que el juicio oral, que debe ser la etapa del proceso con mayores certezas, garantías y pruebas para determinar la verdad de los hechos que se juzgan, se realice con o sin pruebas que potencialmente puedan ser rechazadas o admitidas luego de la sentencia definitiva de primera instancia, de absolución o condena, por el tribunal de Apelaciones. Los penalistas advirtieron que con la reforma que se planificaba “se malgastarán más tiempos y recursos de fiscalías, jueces y defensores, además de perjudicar los derechos de víctimas e imputados al generarles más incertidumbre durante el proceso, dado que van a seguir un juicio con determinadas pruebas que luego un tribunal de Apelaciones puede llegar a decir que no son válidas o que debían ser admitidas y que la sentencia que se dictó sea modificada por esa razón”.
Durante las horas en que se extendió el debate luego de conocerse la pretendida modificación, distintos operadores judiciales a los que consultó Caras y Caretas se preguntaron quién o quiénes habían propuesto ese extremo. Este medio pudo conocer que algunos ministros de Tribunales de Apelaciones en lo Penal propusieron que se postergara hasta la sentencia final la posibilidad de apelar las pruebas admitidas o rechazadas, porque muchos de ellos no llegan con los tiempos requeridos por el Código de Proceso Penal. La imposibilidad se ubicaría en que los ministros de los Tribunales de Apelaciones en lo Penal deben escuchar las audiencias a través del sistema Audire que graba las distintas instancias judiciales. “Muchas veces no se escucha, la gente no articula bien las palabras, debemos escuchar grabaciones con mala calidad para luego resolver sobre si una prueba debe ser o no admitida para el juicio oral, cuando se leían los expedientes se podía volver sobre la lectura y ahora hay que escuchar. No dan los tiempos”, indicaron distintas fuentes consultadas. Por eso -sostuvieron- ministros de los Tribunales de Apelaciones en lo Penal propusieron modificar el momento de apelación de las pruebas que no sean admitidas durante la etapa de control de acusación. La pretendida modificación del Código de Proceso Penal se enmarca en un contexto donde los jueces de primera instancia y también quienes integran los tribunales de alzada en esta materia, sostienen que el aumento de las audiencias para interrogar a los reclusos mediante videoconferencias desde la cárcel, es uno de los aspectos que más preocupa. “Se pierden las garantías para el imputado porque no sólo se pierde la inmediación, que es uno de los pilares en un proceso y es que el juez esté en contacto directo con el imputado, sino que además se desconoce si el recluso interrogado no está siendo apuntado con un arma mientras brinda su declaración. Por eso es inaceptable que la videoconferencia se haya convertido prácticamente en una cuestión de uso”.