“Conforme a este principio, la actuación pública no puede exceder lo autorizado y permitido por las leyes, estando prohibida para la administración toda actuación que no se encuentre permitida”, agrega.
Fármacos no
Indica la cartera que el Estado "ha dictado un marco normativo con el fin de asegurar el acceso a prestadores de salud, creó un prestador de salud público (ASSE) encargado de proporcionar asistencia a quienes carecen de recursos suficientes para acceder a uno privado, creó el FTM y el PIAS, con diversos procesos de actualización de los mismos, y otorgó facultades para que las Instituciones Médicas y los Servicios de salud entreguen (de forma excepcional o general) medicamentos no previstos en los Anexos del FTM, todo en busca de garantizar el derecho a la salud de la población”.
Por lo tanto, "este Ministerio no cuenta con atribuciones legales para suministrar medicamentos de forma directa, por lo cual no es posible acceder a la solicitud realizada”.
FNR tampoco
Mientras tanto, también el FNR negó el acceso: “Corresponde indicar que su pretensión no puede prosperar”, señaló. Y agregó que “la prestación que se solicita financiar no se encuentra dentro de la cobertura de esta institución”.
“Por tanto, teniendo en cuenta lo anteriormente expresado, la normativa vigente solo permite a esta persona pública no estatal, cubrir con carácter general para los pacientes que requieran, los tratamientos que se encuentran dentro del PIAS a su cargo, e incluidos en las normativas de cobertura vigentes”, concluye.