A partir de julio de 2025, los ajustes se realizarán basándose en los bimestres de calendario cerrados (enero-febrero, marzo-abril, etc.). Se tomará como referencia el promedio del Precio de Paridad de Importación (PPI) publicado por la URSEA en los dos meses previos, y el factor de estabilización (previsto en el decreto 201/021) se fijará en $1,5 por litro de nafta y gasoil.
Respaldo en Informe de URSEA
La decisión de los nuevos precios se fundamenta en el informe de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA) sobre el Precio de Paridad de Importación (PPI). Dicho informe indicó una baja del PPI en la nafta Premium 97 (1,41%) y Súper 95 (1,48%). En el caso del gasoil (50S y 10S), la caída del PPI fue del 5,39%, mientras que para el supergás, se registró una reducción del 2,74%. Estos datos son clave para la determinación del precio final de venta al público.