La bancada del Frente Amplio (FA) en el Senado presentó un proyecto de ley que plantea una vía para reestructurar las deudas de las personas de bajos recursos, con la premisa de convertirse en una solución políticamente viable a una problemática que afecta a cientos de miles de uruguayos.
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Desde 2020 que Cabildo Abierto (CA) viene insistiendo con un proyecto de ley de reestructuración de deudas de las personas físicas, que luego de ser aprobado por unanimidad en la Comisión de Constitución y Legislación del Senado, el Partido Nacional lo echó para atrás. El martes, en el arranque de un nuevo año legislativo, en la primera sesión de esa comisión, el Frente Amplio (FA) presentó una iniciativa sobre el tema que contempla la de CA.
En la exposición de motivos, la oposición señala que en Uruguay notan “la problemática de los créditos otorgados a personas de bajos recursos que terminan en montos absurdos e imposibles de pagar debido a las altas tasas de interés previstas y la forma de imputar los pagos efectuados por los deudores”. “Todo ello deriva en dramas sociales y familiares con pérdidas del poco patrimonio logrado con muchos años de sacrificio y prácticamente la calificación de ‘parias’ de los deudores que al figurar en el clearing se ven imposibilitados hasta de arrendar inmuebles para vivienda”, se agrega.
El proyecto del FA cuenta con 32 artículos y en el documento se explica que pretende legislar un único proceso, precedido de una audiencia administrativa, “para las personas físicas que se encuentren en estado de crisis económico-financiera que no sean titulares de bienes, o que su activo sea su única vivienda, con un valor equivalente al establecido para su incorporación como bien de familia y cuyos ingresos anuales sean menores o iguales a la suma de (Unidades Indexadas) UI 120.000 (aproximadamente un año de tres salarios mínimos mensuales)”.
Se señala que la audiencia administrativa previa al inicio del proceso “tiene por objeto obtener una información acabada respecto del monto global de la deuda y buscar un acuerdo factible de ser cumplido de forma de liberar al deudor y permitir al acreedor recuperar algo del activo”. Se agrega que, en caso de no lograrse acuerdo en la instancia administrativa, “podrá iniciarse un proceso judicial de reestructura de deudas, tanto a solicitud del deudor como del acreedor, contando con una etapa conciliatoria y pudiendo derivar en una reestructuración judicial forzada de la deuda”.
Además, “se incorporan prácticas prohibidas como ser las de cobro abusivas, violación a la intimidad de las personas y uso de la información errónea”.