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Política

Tránsito

Inspectores pretendían seguir cobrando por las multas luego de jubilarse y Bergara lo rechazó

Los funcionarios alegaron un derecho adquirido, pero la comuna señaló que tras el retiro no se configuran los requisitos de "participalción".

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En las últimas horas se registró un hecho con algunos inspectores de tránsito que llamó la atención. El tema se enfocó en un reclamo que realizaron a la comuna capitalina. Finalmente, la Intendencia de Montevideo (IMM) resolvió no dar lugar a una petición de 16 inspectores de tránsito, quienes solicitaron continuar cobrando la participación en las "multas de tránsito resultantes del contralor del tributo de patente de rodados una vez jubilados".

Los trabajadores alegan tener un "derecho adquirido" al cobro de las de la participación en las sanciones, incluso "después de extinguida la relación funcional", según informó en primera instancia MVD Noticias.

De acuerdo con la resolución firmada por el intendente Mario Bergara, esto no es posible dado que una vez que los inspectores se jubilan no se configuran los "requisitos necesarios" para acceder al beneficio.

Dichos requerimientos refieren a la necesidad de verificar "aspectos objetivos, subjetivos y temporales".

La resolución municipal

En cuanto al "aspecto objetivo" señalan que para contar con el "derecho" al cobro del beneficio es necesario que la IMM reciba el pago "efectivo" de una multa impuesta por circular con deuda de patente de rodados, mientras que el "aspecto subjetivo" indica que el acreedor del beneficio es el inspector de tránsito que aplicó la multa cobrada.

Respecto a lo temporal, apuntan que el cobro por "concepto de participación" en las multas nace solamente si se verifican en forma simultánea los aspectos objetivo y subjetivo, esto es, que al tiempo en que la intendencia recibe el pago de la multa, quien la aplicó debe revestir como funcionario activo. Requerimientos que no pueden ser dados una vez la persona se jubila.

Además, destacaron que en lo referido a las normas esta prestación solo puede aplicarse a "funcionarios activos", quienes "son los únicos que perciben un sueldo base de acuerdo a grado, escalafón y carga horaria".

Por esto, resolvieron "no hacer lugar" a la petición formulada por los funcionarios.