Iglesias relató que no quedó más remedio que pedir el concurso luego de que el Gobierno anterior diera la espalda al préstamo que otorgaría esa entidad bancaria. “El objetivo es que otras empresas se quedaran con la masa de socios de la institución gallega. En la audiencia de alegatos de cierre, que es previa a la decisión que tomará en primera instancia la jueza Diovanet Olivera el próximo 19 de setiembre, se explicó con detalles cómo Iglesias utilizó su dinero —que había prestado a la institución gallega— para pagar el paquete accionario de la Clínica Leborgne. Iglesias pagó deudas que tienen que ver con el giro de Casa de Galicia que conformaba un grupo económico con la empresa Leborgne. Iglesias prestó 200 mil dólares a Casa de Galicia para finalizar la operación de compra de acciones de Clínica Leborgne y acordó con la Comisión Directiva de Casa de Galicia que él prestaba el dinero, pero, en cuanto hubiera condiciones, se cobraría su plata. Por eso los abogados en la audiencia de alegatos de cierre indicaron que “apropiación indebida no hay, pero si en un extremo la Justicia no llegara a esta conclusión, el error cometido en su condición de poseedor del dinero constata un error de hecho, y por eso no hay dolo”.
La suma de dinero por la que el fiscal Rodríguez acusa a Iglesias de apropiación indebida “es dinero del propio Iglesias”, indicó la parte acusada durante los alegatos de cierre. “Iglesias prestó a Casa de Galicia el 18 de mayo de 2020 la suma de 200 mil dólares para efectivizar la compra de acciones de la Clínica Leborgne. La institución ya había adelantado 500 mil dólares para la operación de 3.5 millones de dólares. Un millón y medio lo aportaban socios minoritarios con un crédito con garantía de ellos y Casa de Galicia aportaba 2 millones de dólares restantes. Para completarlos se precisaban 200 mil dólares, dinero que prestó el expresidente Alberto Iglesias a Casa de Galicia. “El fiscal cuenta con un informe contable, denominado de aseguramiento, que da cuenta de la trazabilidad”, dijeron fuentes vinculadas a la investigación.
Casa de Galicia debió cancelar además la compra del edificio ubicado en 8 de octubre y Centenario, y se debieron pagar 300 mil dólares. Para eso se hizo un préstamo por 480 mil dólares y 180 mil se destinaron para pagar a Iglesias el préstamo que había realizado siete meses antes. Sin embargo, finalmente ese dinero se destinó para el pago de compra de ambulancias en el Departamento de Lavalleja para el traslado de pacientes a la Clínica Leborgne, “es decir que la plata siempre estuvo en la caja fuerte de Casa de Galicia”. Por su lado, la Fiscalía entendió que “no se probó que Iglesias prestara dinero a Casa de Galicia y, aun en ese escenario, no podía aprovecharse de su cargo para llevarse dinero sin controles de la Comisión Directiva de la mutualista”. El expresidente de la exmutualista explicó que “el 51 % de las acciones de Clínica Leborgne pertenecían a Casa de Galicia. El director de Leborgne es Iglesias porque Casa de Galicia había adquirido la mayoría del paquete accionario. Como presidente de Casa de Galicia asumió el paquete accionario mencionado y el contrato decía que se podía invertir dinero en el giro Casa de Galicia que, al ser propietaria del 51 %, lo que había era un conjunto económico.
El informe contable que Alberto Iglesias aportó a la Fiscalía acreditó que Casa de Galicia emitió un cheque a la Clínica Leborgne.
Sin embargo, al tiempo que el fiscal Gilberto Rodríguez sostiene que la plata no se destinó a la clínica nombrada, las partes no controvirtieron acerca de la compra de la clínica por parte de Casa de Galicia: “Nadie pone en duda la adquisición de la mayoría de las acciones por parte de la exmutualista”, dijo una fuente consultada. Tras la audiencia, la parte acusada procuró demostrar que “Alberto Iglesias no pudo insolventar a Casa de Galicia porque cuando asumió debía 75 millones de dólares y ya estaba insolvente”.
Acerca del delito de insolvencia societaria fraudulenta, que es uno de los que acusa el fiscal Rodríguez, el penalista Gonzalo Fernández dijo que “es letra muerta sencillamente porque se aplicó tres veces en la historia del Uruguay” y no es aplicable al caso, señaló. Fuentes de la investigación recordaron que primero el fiscal Rodríguez formalizó a Alberto Iglesias por el delito de fraude concursal, aunque luego lo sobreseyó “porque aún no se había concretado el Concurso de la institución, pero con esa misma plataforma fáctica (con el mismo conjunto de hechos) el fiscal Gilberto Rodríguez formuló la acusación a Iglesias de una insolvencia que no existe porque el delito se produce cuando alguien crea una situación de insolvencia, que no es tal y no es el caso de Casa de Galicia porque ya estaba fundida desde antes, ya estaba insolventada de hecho”, sostuvieron los abogados de Iglesias.
El punto que la jueza Olivera deberá resolver es si Iglesias gastó el dinero en el giro de Casa de Galicia, acción que por contrato le estaba permitida. Los penalistas que defienden a Alberto Iglesias sostuvieron en la audiencia que “el presidente o director de una institución tiene la obligación —hasta que se apruebe un Concurso— de ir pagando la deuda de la empresa, y si benefició a unos y a otros no, no es el bien jurídico que trata de proteger la insolvencia societaria fraudulenta, es decir que, para castigar un eventual beneficio o perjuicio a unos y otros acreedores, no se le podría acusar de ese delito”.