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Política lawfare | Uruguay- | denuncia

Nicolás Cendoya lleva seis años esperando el juicio

Lawfare: Uruguay denunciado ante la CIDH con el fiscal Diego Pérez en el centro de la acusación

A seis años de la denuncia penal de la gestión del exdirector de la URSEC, Nicolás Cendoya denunció al Estado uruguayo ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

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La petición indica que se violó el plazo de duración razonable de un proceso, que se afectó su trabajo a través de la inhabilitación de título para ejercer la abogacía resuelta por la Suprema Corte de Justicia y que la Udelar lo suspendió sin plazo impidiendo que continuara dictando clases. La Comisión y la Corte Interamericana de DDHH están preocupadas ante los crecientes casos de lawfare en América Latina.

[Salto de ajuste de texto]Hay dos razones para que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos priorice la denuncia del exdirector de la URSEC, Nicolás Cendoya. Se trata de problemas estructurales porque en Uruguay los juicios son demasiado largos y, por otro lado, la inexistencia en el país de estrategias para combatir el lawfare. Así, el exdirector de la URSEC, Nicolás Cendoya, se presentó ante la Comisión Interamericana de DDHH para denunciar al Estado uruguayo por la extensión del plazo en forma excesiva de su causa.

Cendoya fue acusado por el fiscal de Flagrancia Diego Pérez de un delito de abuso de funciones por tres asuntos que formaron parte de la gestión de la URSEC en el período 2015-2020. Consultadas fuentes vinculadas a la investigación, indicaron que una de las estrategias que Uruguay tendría que tener ante casos de lawfare es capacitar a jueces y fiscales para identificar cuándo una persona está siendo perseguida, objetivando los distintos asuntos, “esa es una herramienta contra el lawfare”, respondieron.

En tanto, a fines de este mes de julio terminará la etapa de control de acusación previa al juicio oral que resolverá, en primera instancia, la acusación del fiscal sobre asuntos que involucraron la gestión de la URSEC. Una vez finalizada la etapa en la que se discutieron las pruebas que el fiscal y la defensa podrán llevar a juicio miles de documentos de la URSEC y unos 50 testigos que declararán ante un nuevo juez de juicio, se dictará el decreto de conclusiones de la causa, previéndose para el mes de noviembre la iniciación del juicio oral y público.

El fiscal Diego Pérez acusó a Cendoya por el delito de abuso de funciones señalando que el exjerarca se reunió con otros de los directores a las 18 horas del miércoles 3 de junio con el fin de impedir una reunión de sesión del directorio de la URSEC. Ese día el exdirector de la URSEC, Nicolás Cendoya, se enteró a mediodía por una publicación de prensa que la expresidenta de la URSEC, Mercedes Aramendía, había presentado una denuncia penal contra un funcionario que había ingresado a la URSEC para destruir documentos. Sin embargo, Aramendía convocó a sesionar al directorio extraordinario para el mismo día 3 de junio luego de haber presentado la denuncia y, ante ello, el exdirector, Nicolás Cendoya, se negó a sesionar porque de hecho ya había una sesión fijada para el día siguiente, jueves 4 de junio de 2020. Al mismo tiempo, el artículo 2 del Reglamento de funcionamiento de URSEC establece que los directorios extraordinarios deben convocarse con 48 horas de antelación. En la tarde de ese día Cendoya se reunió con Mecol y luego con el funcionario que había ingresado para informarse de los hechos previo al directorio del jueves 4. Finalmente, el jueves se reunió el directorio y Cendoya acompañó la denuncia penal que ya había sido presentada y el inicio de una investigación administrativa. Además, los otros dos asuntos que presentó el fiscal Pérez contra Cendoya y que son parte de su acusación tienen que ver con la aplicación de la Ley N.º 18.232, “Derecho a la Libertad de Expresión. Radiodifusión Comunitaria”, vigente desde enero de 2008. La normativa legalizó las radios comunitarias y, pese a que estableció que la radiodifusión comunitaria es una manifestación del derecho a la libertad de expresión y de información y que “el Estado tiene la obligación de garantizar y promover la radiodifusión, los inspectores de URSEC continuaron entendiendo que las radios comunitarias eran ilegales. Específicamente, el fiscal Diego Pérez acusó a Cendoya de haber abusado funciones cuando devolvió equipos a la radio comunitaria Palmitas, ubicada en Soriano. A fines de 2014 Cendoya recibió una llamada del subsecretario del Ministerio de Industria y Energía, Edgardo Ortuño, informando que en el Ministerio se había demorado el trámite de regularización de la radio comunitaria. Ante ello, Cendoya, en acuerdo con Lombide, instruyó al gerente de Ingeniería de Telecomunicaciones, Ing. Leslie Green a no inspeccionar radio Palmitas hasta que el MIEM solucionara el problema, de modo de no causar un daño ilegítimo a una radio que ya había cumplido con todos los pasos para la regularización y que solo faltaba la firma del Poder Ejecutivo. Sin embargo, Green no transmitió la orden a los inspectores y el 25 de febrero de 2015 los funcionarios Abascal y Atahides inspeccionaron Radio Palmitas, incautando sus equipos. Ese mismo día, Lombide y Cendoya, por resolución de directorio, ordenaron devolver los equipos incautados a la radio comunitaria. Cumplieron con la ley 18.232 que imponía a las autoridades de URSEC promover y proteger la radiodifusión comunitaria, aún más en la localidad de Palmitas, donde no había otra radio.

“Lo que el directorio buscó con la decisión de devolver los equipos fue evitar causar un daño ilegítimo en ejercicio de la discrecionalidad administrativa”, que existe para cualquier gestión estatal. En cuanto al tercer asunto, referido a la acusación que involucra a Radio Bemba, ubicada en Salto, la imputación del fiscal de Flagrancia Diego Pérez apunta a que Cendoya dio la orden de no inspeccionar la radio comunitaria pese a que se encontraba transmitiendo con exceso de potencia. Sin embargo, ante la situación de que Radio Bemba en el año 2018 estaba transmitiendo con una potencia superior a la permitida, hecho que se habría constatado luego de dos inspecciones, se planteó la situación al exdirector Cendoya por parte de Abascal. Ante ese escenario, Cendoya tomó conocimiento de la existencia de Radio Bemba y de la Sra. Fornaroli, quien quedó al frente de la radio comunitaria. El inspector Abascal y el exdirector Nicolás Cendoya entendieron que la mejor solución era que Radio Bemba inicie el trámite de aumento de potencia, para evitar las interferencias de radios clandestinas extranjeras. Para eso se pusieron de acuerdo en que Abascal consultara al Departamento de Radiodifusión si un aumento de potencia afectaría a terceros o al arreglo fronterizo con Argentina y consultara al Ministerio de Educación y Cultura si la Sra. Fornaroli estaba legitimada para iniciar el trámite de aumento de potencia.

A partir de ese momento Cendoya se despreocupó del tema y no volvió a saber más nada de Radio Bemba hasta el 19 de octubre de 2020, fecha en que el inspector Atahides introdujo el tema en su declaración en Fiscalía.

Comisión Interamericana de DDHH preocupada por casos de lawfare

Al mismo tiempo que finaliza la etapa de control de acusación previa al inicio del juicio oral, el exdirector de la URSEC, Nicolás Cendoya, junto a su exsecretaria, Luján Varela, y Mecol, presentaron ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, una petición donde denuncian al Estado uruguayo por violar el derecho a un proceso de duración razonable que es parte de la tutela judicial efectiva, prevista en lis artículos 8 y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos. En la petición, según conoció Caras y Caretas, se indica que la violación del derecho a un proceso de duración en plazo razonable afecta otros derechos como el derecho a trabajar, el derecho al honor, derechos políticos, derecho a hacer carrera política, derecho a la doble instancia porque a los denunciantes les negaron que pudieran apelar la resolución del juez de primera instancia, que rechazó clausurar la causa por haberse excedido en el tiempo de duración.

En resumen, se sostuvo ante la Comisión Interamericana de DDHH que para aplicar una pena de 2 años y fracción a un exjerarca por los delitos de que se lo acusa se utilizaron, hasta ahora, 6 años en espera del juicio, y desde el punto de vista de la multa el daño económico es mayor a la multa pedida por el fiscal. En cuanto a la inhabilitación que pide el representante del Ministerio Público de 20 meses, también se vio excedida porque Cendoya lleva 6 años inhabilitado. También se denunció a la CIDH que el Estado uruguayo violó el principio de presunción de inocencia.

El dictamen de la Comisión recomendará actuar frente a este caso, y si el Estado no acatara su recomendación en el plazo fijado por la Comisión, la petición se elevará a la Corte Interamericana de DDHH que podría, en esa instancia, condenar al Estado uruguayo.