La exposición de motivos del proyecto de ley explica que la expansión de organizaciones criminales en Uruguay "representa un desafío para la seguridad pública". La normativa subraya que La dificultad en la desarticulación de estos grupos muchas veces se da por "carecer de elementos para responsabilizar a toda la banda".
"Cuando 'cae' en manos de la Justicia algún integrante, los demás pueden permanecer en libertad y reorganizarse ya que no participaron en el delito concreto que cometiera el 'caído'", dice el proyecto de ley.
El caso de Italia y Estados Unidos
Como "fuente de inspiración fundamental", el proyecto de ley cita el artículo 416-bis del Código Penal italiano, que tipifica y sanciona "con severidad" el pertenecer a organizaciones mafiosas.
"Esta normativa ha sido un pilar en la lucha contra el crimen organizado en Italia, permitiendo la desarticulación de estructuras delictivas de gran envergadura como la Cosa Nostra, la ‘Ndrangheta y la Camorra", detalla la exposición de motivos.
En otro punto, se trae a flote el caso de Estados Unidos y la Ley RICO (Racketeer Influenced and Corrupt Organizations Act). Esta ley permite procesar judicialmente a personas que conformen organizaciones delictivas, incluso si no han cometido directamente delitos violentos.
Agravamiento de la pena en caso de vinculaciónes con organizaciones internacionales
La mencionada norma establece un agravamiento extra de la pena en caso de relaciones con organizaciones internacionales.
"Sabido es que la región registra la presencia de numerosos grupos criminales, algunos especialmente peligrosos, como el Tren de Aragua, los brasileños Primer Comando Capital, Comando Vermelho, Familia del Norte, Terceiro Comando Puro y los Carteles colombianos y mexicanos", dice la exposición de motivos.
Para Echeverría, con este proyecto de ley "se estaría legislando preventivamente frente a peligros de incidencia de grupos criminales internacionales".
Proyecto de ley:
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