Dice el documento de mas de 95 páginas: - "El contrato que venimos a impugnar es nulo de pleno derecho. No por lo que dice, sino —sobre todo— por lo que calla y encubre. Porque en cada cláusula, en cada garantía otorgada al Consorcio privado, se honra un acuerdo con un privado, pero se silencia el contrato más importante de todos: el que el Estado firmó con su ciudadanía. Ese contrato es, ni más ni menos, que la Constitución de la República. Y lo que está en juego hoy no es simplemente la legalidad de un contrato administrativo: es la vigencia misma del pacto democrático que consagra el agua como un bien común, y su gestión como una obligación indelegable del Estado. Cuando el contrato superior se vulnera, ninguna cláusula pactada con un privado puede subsistir".
Otro de los argumentos es que ocn este contrato se privatizan algunas de las funciones correspondientes a OSE. Según los demandantes : "El contrato Neptuno-Arazatí, celebrado entre OSE e Infraestructura Arazatí S.A., no es una mera obra de infraestructura que padece de irregularidades: es un contrato nulo desde su origen, por violar normas constitucionales expresas e inderogables. Contradice de forma frontal los artículos 47 y 188 de la Constitución, al privatizar funciones esenciales del servicio de abastecimiento de agua potable, cuya gestión debe ser pública, exclusiva y directa. Al delegar en un consorcio privado la operación de la toma de captación de agua bruta, el reservorio y el mantenimiento de todo el sistema —fases críticas del ciclo— y al diseñar un esquema financiero que convierte un servicio público en fuente de rentabilidad garantizada para capitales privados, determina una infracción flagrante al orden público constitucional".
Demanda_Consorcio vs el Pueblo (la revancha) (vf2) (1).pdf