El diputado de Cabildo Abierto (CA), Carlos Testa, presentó un proyecto de ley para derogar la ley interpretativa de la ley de caducidad.
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“Me sentí estafado, en la voluntad que fue expresada específicamente en el referéndum del 89 y en el plebiscito de 2009; el pueblo se expidió de una manera y luego, por una decisión parlamentaria en el Senado, se decidió -por 16 votos contra 15- que quedara sin efecto la voluntad popular”, afirmó el legislador.
Testa consideró que la ley interpretativa, aprobada en 2011, fue un hecho “gravísimo”. “Siento que tiene que subsanarse, tiene que corregirse”, aseguró.
Al ser consultado sobre el procesamiento de varios militares durante la vigencia de la norma, el diputado dijo que es “consecuencia de las tantas que puede haber. No sé lo que puede pasar después”.
“Yo a lo único que me remito es precisamente respetar lo que la gente decidió, lo que la ciudadanía decidió, no en una sino en dos oportunidades. Para mí, eso es fundamental para tener una democracia fuerte como todos la queremos, plena”, agregó.
“Hasta el día de hoy, tenemos una mancha en nuestra democracia debido a esa falla que se cometió en el año 2011”, indicó.
El proyecto, que también fue firmado por los cabildantes Nancy Camargo, Silvana Pérez Bonavita, Elsa Capillera, Rafael Menéndez y Wilmar Caballero, plantea en su único artículo la derogación de la Ley 18.831, que restableció la pretensión punitiva del Estado para los delitos cometidos en la aplicación del terrorismo de Estado.
Por su parte el presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), Ricardo Pérez Manrique, fue consultado por la iniciativa de CA: “La Corte lo resolvió en Gelman y en otros casos; el tema de los derechos humanos está basado en la dignidad humana, y la dignidad humana requiere una protección que va más allá de la voluntad de las mayorías políticas, para eso están los tribunales nacionales e internacionales”.
Pérez Manrique destacó que el respeto a los derechos humanos “tiene que ver esencialmente con la afirmación de un valor que es sustancial y consustancial a la propia existencia del ser humano”. “Si desconocemos los derechos humanos estamos en una sociedad que no es democrática”, expresó.
En las dos sentencias en que la Corte IDH condenó al Estado uruguayo por violaciones a los derechos humanos –el caso Gelman y el caso que integra los asesinatos de Maidanik, Reyes, Raggio y las desapariciones de Tassino y González– la Corte hace referencia, como elementos que perpetúan la impunidad, a la ley de caducidad y al pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia que en febrero de 2013 declaró inconstitucional los artículos 2 y 3 de la Ley 18.831. Esa posición de la SCJ fue revertida en mayo de 2022, a partir de la nueva integración de la SCJ.
Pérez Manrique dijo que en el caso de que se apruebe un proyecto que restablezca íntegramente la ley de caducidad, la Corte analizará el caso y “tomará una decisión”, en la medida en que contraviene las sentencias de condena al Estado uruguayo. Las sentencias de la Corte son vinculantes para el Estado porque el Parlamento uruguayo ratificó en marzo de 1985 la Convención Americana de los Derechos Humanos y la competencia de las instituciones del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, del que forma parte.