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Política Tróccoli | Elena Quinteros | condena

Condena

Tróccoli-Larcebeau: El tándem criminal que secuestró, asesinó y desapareció a Elena Quinteros

La sentencia de la Justicia italiana reivindica la incansable lucha de Tota Quinteros.

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La sentencia del Tribunal Ordinario de Roma de la Corte de Asís, que condenó a cadena perpetua y a un año medio de aislamiento a Jorge Tróccoli, señala la responsabilidad del exmarino prófugo de la Justicia uruguaya, pero también la responsabilidad del Juan Carlos Larcebeau en la planificación del secuestro de la maestra Elena Quinteros. La sentencia detalla cómo la hija de Tota Quinteros fue fichada por el FUSNA y el OCOA antes de ser secuestrada de la embajada de Venezuela en junio de 1976.

Los avances de la justicia italiana

La condena a Jorge Tróccoli por la Justicia italiana permitió conocer nuevos detalles de la operativa del terrorismo de Estado en Uruguay y en la región. Las fichas del FUSNA pertenecientes a Elena Quinteros y al matrimonio Potenza-Filipazzi fueron halladas por la historiadora Fabiana Larrobla en el archivo de ese organismo represivo, ubicado en un depósito del edificio de Prefectura Naval, en el Puerto de Montevideo. Las fichas encontradas fueron parte de la prueba documental en la que se fundamentó la sentencia del Tribunal Ordinario de Roma de la Corte de Asís que condenó a Jorge Tróccoli, exoficial del FUSNA. El condenado ocupó el cargo de Oficial S2 de ese organismo, pero, también, antes de eso revistió como Oficial S2 en el Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA), dijo a Caras y Caretas Fabiana Larrobla, integrante de la Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente de Presidencia de la República. La conexión entre esas dos agencias represivas fue clave en el secuestro de Elena Quinteros.

Precisamente, la sentencia analiza el secuestro de Elena Quinteros y ubica la fecha en la que se perpetró este hecho, el día 28 de junio de 1976. La fecha se diferencia de la proporcionada por su madre, Tota Quinteros, la única persona de su familia que buscó a la maestra una vez que se la sustrajeron de la embajada de Venezuela en Montevideo. La madre de Elena siempre informó que el secuestro de la embajada había ocurrido el día 26 de junio, por ello existen estas dos fechas referidas. Por otra parte, la sentencia diferencia dos momentos, esto es: el secuestro de Quinteros de su casa en Pocitos y el segundo secuestro, ocurrido en los jardines de la embajada de Venezuela, donde queda claro el vínculo del OCOA y de la Dirección Nacional de Información e Inteligencia (DNII) en la planificación del secuestro de los jardines de la sede diplomática. Fabiana Larrobla agregó a Caras y Caretas que “el OCOA coordinaba a todas las agencias represivas, al tiempo que Tróccoli había sido oficial de enlace en OCOA”.

El retiro del Estado uruguayo durante el gobierno de Lacalle Pou

En tanto, la condena a cadena perpetua de Jorge Tróccoli también se decretó por su responsabilidad en el secuestro del matrimonio argentino José Agustín Potenza y la ciudadana italiana, Rafaela Filipazzi, detenidos en el FUSNA en junio de 1977 y trasladados a Paraguay en 1977. La hija de José Potenza, Silvia, dijo desde Argentina a Caras y Caretas que “a través de la Tercera Corte de Asís del Tribunal de Roma y sus magistrados, concluyó que Jorge Néstor Troccoli tiene responsabilidad penal plena en el secuestro, tortura y posterior asesinato de mi padre, José Agustín Potenza, Rafaela Giuliana Filipazzi y Elena Quinteros”. Paralelamente, y a manera de indemnización provisoria, el condenado Tróccoli también deberá resarcir con parte de su patrimonio a las partes, aunque este aspecto se dirimirá en un juicio civil. El delegado por el Frente Amplio en el juicio, Luis Puig, dijo a Caras y Caretas que “la condena a Jorge Tróccoli y al sistema coordinado de represión de la dictadura cívico militar uruguaya es una reafirmación de la verdad y justicia en un momento en el que el negacionismo avanza en el mundo. Que se dé en Italia, gobernada por la ultraderecha, también es una reafirmación de la lucha contra la impunidad, que adquiere así una dimensión global”.

Puig recordó a Elena como “responsable de propaganda del PVP que volvió a Uruguay en un momento donde lo más factible era que se la detuviera. Elena lo tenía claro y por eso su plan de fuga que puso en práctica estando sola en el 300 Carlos. Esto es una reafirmación que aún en las peores circunstancias se puede luchar, lucha que continuó su madre Tota Quinteros al dar la batalla en todo el mundo contra la dictadura uruguaya, reclamando la aparición de Elena. Fue, además, muy importante que el Frente Amplio haya sido parte querellante en este juicio, cuando en 2021 el Estado se negó a participar del mismo”.

La pareja que secuestró a Elena: Tróccoli-Larcebeau

La sentencia de 231 fojas que condena a cadena perpetua al S2 del FUSNA, Jorge Tróccoli, concluye, además, sobre la responsabilidad del capitán de fragata Juan Carlos Larcebeau Aguirregaray, quien murió en Uruguay en 2021 luego de haber sido condenado a pedido de la fiscal Mirtha Guianze por el juez Luis Charles en la causa que investigó el traslado clandestino entre Argentina y Uruguay de 29 presos políticos, en 1978. El texto sostiene que la responsabilidad de Larcebeau en la operación de la embajada “es indiscutible, ya que él, en calidad de oficial de enlace del FUSNA dentro del OCOA, participó en la concepción y planificación de la detención del nuevo secuestro de Elena Quinteros y en la continuación de la detención y tortura en el centro clandestino 300 Carlos, habiendo participado también, materialmente en la operación llevada a cabo en la embajada”.

Los ministros del Tribunal en Roma se apoyaron en la prueba testimonial y documental para dictar la sentencia e indicaron que la prueba incorporada en la causa prueba los hechos denunciados, aunque señalaron que algunas circunstancias permanecen oscuras. “La maestra Elena Quinteros estaba fichada (schedata) por el FUSNA desde 1975, es decir, un año antes de haber sido detenida. Luego de haber estado en Argentina y participado del Congreso fundacional del PVP en Buenos Aires, Quinteros reingresó a Uruguay en los primeros meses de 1976. Y si bien en junio de ese año Elena Quinteros estuvo a punto de emigrar nuevamente a Argentina para intentar evitar la represión en Uruguay, luego de haber saludado a su madre Tota Quinteros el 22 de junio de ese año, fue secuestrada el 24 de junio de la casa de Montevideo”.

Según lo indicado en los textos de la historiadora Fabiana Larrobla, si bien hubo una coordinación entre las Fuerzas Conjuntas y el Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas, OCOA, no se han obtenido elementos de prueba que demuestren que también fueron los militares del FUSNA quienes realizaron el primer secuestro de la militante del PVP en su domicilio en el barrio Pocitos de Montevideo. A partir del 26 de junio, dice la sentencia en poder de Caras y Caretas, Elena Quinteros fue llevada y recluida en el centro clandestino de detención y tortura 300 Carlos. La sentencia del Tribunal italiano indica que tampoco se pudo concluir con certeza que, después del primer secuestro y antes de ser trasladada al centro de torturas 300 Carlos, Quinteros haya sido recluida en otra prisión y, en particular, en el FUSNA. Un documento titulado “Montevideo 2479”, fechado el 6 de julio de 1976, transmitido por las autoridades diplomáticas y elaborado por el embajador venezolano en Uruguay Julio Ramos, indica que la detención de Elena Quinteros se perpetró por las fuerzas de seguridad, señalando al policía llamado Cacho, identificado como Cacho Bronzini, perteneciente a la Dirección Nacional de Información e Inteligencia, Departamento 5, como uno de los que irrumpió en la sede diplomática y que agarró a la mujer, arrastrándola y llevándosela a la fuerza, después de haberla subido a un auto verde Volkswagen, según las indicaciones dadas por exiliados uruguayos testigos presenciales de la detención.

En el reverso de una de las dos fichas encontradas en el archivo del FUSNA por la historiadora Larrobla aparece la inscripción en tinta roja "fallecida", dando cuenta de la muerte de Elena Quinteros: “Aunque los restos nunca han sido recuperados dice la sentencia, como manifestó el testigo Raúl Olivera, Quinteros no desapareció sólo físicamente, sino también de los archivos y registros; se intentó hacer desaparecer, es decir, también la memoria”. A modo de confirmación de este aspecto, el testigo Rodríguez Chanadri relató lo que le dijo a la madre de Elena, Tota Quinteros, que "algunos integrantes de la Comisión de la Paz le susurraron que nunca encontrarán el cuerpo de Elena porque era un cuerpo que la dictadura ocultaría, ya que no había ninguna posibilidad de que la dictadura reconociera la ejecución de Elena".

En la sentencia se da cuenta de la participación que tuvo Tróccoli en la concepción y planificación de la operación contra la militante del PVP, poniendo a disposición de Larcebeau la información de inteligencia en posesión del S2, útil para identificar a la mujer como “blanco” (bersaglio). La sustancial autonomía con la que operaba el personal de los órganos de represión también caracterizaba la operatividad del servicio S2 del FUSNA, según lo declaró la testigo Mirtha Guianze, a quien cita la sentencia del Tribunal. La sentencia a su vez concluye que el homicidio de la pareja Filipazzi-Potenza fue perpetrado en el contexto del Plan Cóndor mientras que la desaparición forzada de Elena se cometió en el ámbito de la acción de represión política de Uruguay, sin el involucramiento de terceros países.

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