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Sindicales Riogas |

Prácticas antisindicales

Riogas sancionada por violar derechos sindicales

La Inspección General del Trabajo confirmó prácticas antisindicales, incluyendo deslegitimación de protestas y contratación de personal tercerizado durante un conflicto laboral.

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La empresa Riogas fue sancionada por la Inspección General del Trabajo y la Seguridad Social (IGTSS) con una multa de 528 Unidades Reajustables (UR) –equivalentes a $920.822– y la obligación de capacitar a su personal directivo, tras comprobarse violaciones al derecho a la libertad sindical de sus trabajadores. La resolución, basada en expedientes iniciados entre 2020 y 2022, revela un patrón de acciones para debilitar al sindicato, según el organismo.

La IGTSS determinó que RIOGAS S.A. incurrió en al menos tres conductas graves:

  • Deslegitimación Sindical: La empresa emitió comunicados internos calificando medidas sindicales (como paros y asambleas) como "ilegítimas y abusivas", e incluso difundió en el programa "Esta Boca es Mía" (Teledoce) datos sensibles de trabajadores, como sus salarios y modelos de vehículos, durante un conflicto en 2022. Esto, según la resolución, buscó "exponer a los dirigentes ante la opinión pública para minar su credibilidad".
  • Contratación de Personal Tercerizado: Se comprobó que la empresa ingresó masivamente trabajadores externos durante el conflicto sindical (abril-junio 2022), lo que viola la Ley 18.099. Los cambios operativos asociados redujeron ingresos de empleados sindicalizados, afectando su salario por destajo.
  • Restricciones a delegados: Testigos afirmaron que, desde 2016, la empresa limitó horas sindicales y participación en reuniones bipartitas, además de aplicar sanciones a delegados.

La defensa de Riogas

La empresa alegó que la IGTSS omitió pruebas, excedió plazos procesales y que la tercerización respondía a necesidades operativas. Sin embargo, el organismo desestimó estos argumentos:

  • Sobre los plazos: Aunque el expediente demoró casi cinco años, la IGTSS citó jurisprudencia que prioriza la investigación de violaciones a derechos fundamentales sobre la celeridad.
  • Sobre la prueba: Se corroboró que los comunicados y la tercerización coincidieron con el conflicto, agravando su impacto.

La sanción

La graduación de la multa –calculada sobre el salario base de un pistero– consideró atenuantes como la existencia de un Convenio Colectivo y un protocolo interno contra el acoso. No obstante, la IGTSS advirtió que, por la gravedad, podría haber multado por el total de trabajadores sindicalizados (70% de la plantilla).

Además, la empresa deberá capacitar a sus supervisores en gestión de personal con enfoque en derechos laborales, a través del INEFOP, en un plazo de 90 días y abonar la multa en 10 días hábiles, bajo riesgo de acción judicial.

¿Qué sigue?

Riogas podría recurrir la sanción ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, aunque la resolución destaca que las pruebas son "contundentes". Mientras, el sindicato espera que la sentencia disuada prácticas similares en otras empresas.

Riogas.pdf

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