La Fiscalía Penal de Montevideo de Flagrancia y Turno de 11° turno, a cargo de la fiscal Cecilia Bonsignore, solicitó el archivo de la investigación contra una abogada denunciada por un presunto delito de tráfico de influencias, quién visitó a Astesiano durante su prisión preventiva.
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La fiscal Bonsignore concluyó que no existen elementos suficientes que permitan formalizar la investigación respecto de estos hechos denunciados, por lo que solicitó su archivo.
En el fundamento de la resolución la letrada explica que "se pone en conocimiento por parte de la titular de la Fiscalía de Flagrancia de 12° Turno, Dra. Fossati, que en el marco de la declaración que recabó al Sr. A.A. en una investigación de su fiscalía, éste refiere que una abogada, la Dra. M.A., fue a visitarlo a la cárcel en la cual se encontraba cumpliendo prisión preventiva en dicha causa. En dicha ocasión la letrada le habría manifestado que era amiga de la Dra. Fossati, por lo que podía conseguirle el mejor acuerdo de juicio abreviado.
La Dra. A. en dicha oportunidad le habría dicho que los honorarios eran USD 10.000. A juicio de la suscrita la conducta puesta en conocimiento podría encuadrar en lo dispuesto por art. 158 bis, esto es “Tráfico de influencias”. De la investigación surge que los registros de visita de cárcel confirman que la Dra. A. concurrió a visitar a A. el 3 de enero pasado. Sin embargo, de la declaración de la Sra. G.A., esposa de A. se desprende que dicha visita fue a su solicitud, quien se comunicó con la Dra. A. y solicitó que fuera a ver a su marido por su caso. Ello se ve corroborado por las capturas de pantalla y registros de email que aporta la denunciada. A. refiere que la Dra. A. en ningún momento le menciona ser amiga de la Fiscal Fossati. Del contenido de la charla que la Dra. A. y A. mantuvieron no hay testigos ni registro alguno. La indagada, en sede de Fiscalía, niega haber manifestado ser amiga de la Fiscal Fossati y poder conseguirle el mejor acuerdo. Asimismo refiere que los USD 10.000 de los que habló con A. referían a un estimado de costo de expertos para presentar prueba en un eventual juicio oral (peritos, informes, etc) y no sus honorarios. Dicho monto lo manifestó a solicitud del propio A. En definitiva, no hay evidencia que respalde los dichos del Sr. A. En mérito a ello, no existiendo elementos de convicción suficientes que permitan formalizar la investigación ni que permitan una útil continuación de la misma, se dispone el archivo, sin perjuicio de ulterioridades".