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No Llame: cómo evitar que te vendan cosas por teléfono

El Registro Nacional No Llame es un servicio que impide que un número reciba llamados de productos o servicios a la venta.

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Suena el celular, número desconocido, atendemos por si es importante y escuchamos: "Te llamamos de *inserte compañía* para saber si te interesaría comprar *inserte producto/servicio*". ¿A quién no le ha pasado? A veces la misma empresa nos contacta varias veces, aunque ya dejamos en claro que no nos interesa para nada lo que ofrecen. Ahora existe una solución para esto: el Registro Nacional No Llame.

Este registro graba los números telefónicos (fijos y móviles) de los titulares o usuarios que no desean ser contactados por medio de servicios de telecomunicaciones; ya sea telefonía, SMS, aplicaciones móviles o plataformas tecnológicas similares. El correo electrónico no se encuentra abarcado por la ley. Aplica a la publicidad, oferta, venta o regalos de bienes y servicios. Tiene alcance nacional y es gratuita.

El Registro Nacional No Llame está a cargo de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), que además de administrarlo se encarga de las actuaciones administrativas por su incumplimiento.

Los titulares o usuarios de los servicios de telefonía, tanto fija como móvil, podrán inscribirse en el registro a través de su operador de telefonía (Antel, Claro, Movistar). La solicitud de alta o de baja deberá ser realizada por el titular del servicio de telefonía o por una persona debidamente autorizada. Podrá hacerse personalmente, a través de la línea telefónica de atención al cliente, mediante la web o por cualquier otro medio que el operador establezca y que otorgue garantías para verificar la identidad y la veracidad de la solicitud.

Los operadores tienen 5 días hábiles para remitir tu alta o baja desde que lo hayas solicitado, y que quienes realizan los contactos tienen un amparo de 30 días desde que realizaron la consulta, todo ante la URSEC.

La inscripción en el Registro Nacional No Llame detendrá la mayoría de las llamadas de publicidad, excepto las llamadas expresamente permitidas por el titular o usuario del servicio para lo cual deberá recabarse del titular el consentimiento libre, expreso e informado, que tendrá que ser debidamente documentado y preservado por la entidad que realice la campaña, o deberá surgir del contenido de la relación contractual vigente entre la entidad que realice la campaña y el titular o usuario del servicio de telecomunicaciones.

Denuncias

Las enuncias se realizan a través del trámite en línea Denuncia por incumplimiento del Registro Nacional No llame en la web de la URSEC, donde solicitarán datos personales y del contacto recibido:

  • Número de teléfono en el que recibió la llamada (obligatorio).
  • De la empresa que la contacta uno de los siguientes datos es obligatorio: número de teléfono o nombre de la empresa.
  • Marca comercial del producto o servicio (opcional).
  • Día y hora (obligatorio).
  • Motivo del llamado (opcional).
  • Fecha y número de solicitud de ser incluido en el Registro Nacional No Llame (opcional).
  • Constancia de haber solicitado a su proveedor de servicio de telefonía ser incluido en el Registro Nacional No Llame (opcional).
  • Contrato con la empresa que lo contactó (opcional).

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