Cable Video Uruguay Ltda. y Bruster S.A., propietarias de Telecable, presentaron una nueva demanda contra el Poder Ejecutivo y la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación (URSEC) por la suma de $209.507.396 y USD 27.204, en concepto de reparación patrimonial por la pérdida de abonados que sufrieron en los últimos ocho años "por tolerar un competidor ilegítimo, que absorbió un mercado acotado, cuando la televisión por cable estaba en pleno auge".
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Las empresas se refieren a VAL S.R.L., Visión Canaria, que en 2004 recibió permisos para operar servicios de televisión por cable en La Paz y Las Piedras, Canelones. VAL no cumplió con los plazos establecidos, recién comenzó el cableado en 2011, pero no le revocaron el permiso, lo que impactó de manera negativa a sus competidoras.
En el documento de la demanda las empresas denunciantes aseguran que "en un mercado pequeño como es el de las empresas que brindan servicios de televisión por cable, el Estado ha permitido que un competidor directo opere con una licencia que correspondía fuese revocada, causando graves perjuicios".
Ya en 2013 y en 2019 la Justicia había fallado a favor de Cable Video Uruguay Ltda. y Bruster S.A. El Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) determinó que el accionar había sido "ilegítimo" y por ende la licencia debía ser revocada. El Estado tuvo que pagar a las empresas $155.000.000 (cuatro millones de dólares) por daños y perjuicios.
A pesar de las determinaciones, el Poder Ejecutivo decretó por resolución 157/022: "Autorízase a VAL S.R.L. a continuar prestando el servicio en las condiciones actuales hasta tanto que un nuevo operador esté en condiciones de operar conforme a lo resuelto en el numeral anterior".
Para Gustavo Gómez, director de Observacom, esa nueva licencia "provisoria" fue otorgada "de manera directa, ilegalmente, sin llamado previo. Algo no contemplado en la legislación vigente" ya que "cualquier tipo de licencia de TV paga debe ser otorgada a través de llamados públicos, según establece el art. 130 de la ley de medios", expresó en su cuenta de Twitter. "La resolución del Gobierno no sólo es tardía, sino que les permite a los mismos dueños mantener el negocio y cobrando por sus servicios".
En esta nueva demanda las empresas propietarias de Telecable aseguran: "La Administración incurrió en varias oportunidades en un actuar ilegítimo y así fue declarado por el TCA que redundó en los daños patrimoniales que por la presente se reclaman".
Antecedentes
En el reclamo civil de 2013 las empresas solicitaron que se declarara caduca la licencia de VAL S.R.L. y se pidió que se condenara al Estado a reparar los daños y perjuicios ocasionados.
En esa oportunidad la Justicia Civil consideró: "Ha quedado acreditado que la demandada omitió desarrollar una conducta debida por mandato legal" teniendo en cuenta que "de acuerdo a la normativa aplicable, correspondía que la URSEC, ante el incumplimiento constatado de VAL S.R.L. (...) dispusiera la sanción que la norma aplicable (art. 26 del Decreto n.° 115/003) imponía en el caso de los incumplimientos anteriormente referidos, esto es, la revocación de la licencia. La demandada, en supuestos de este tipo de incumplimiento, no goza de discrecionalidad en la imposición de sanciones".
La respuesta del Ejecutivo fue, en diciembre de 2013, "confirmar la Resolución n.° 257/2004 de URSEC de 12 de agosto de 2004, por la que VAL S.R.L. es titular de licencia de comunicaciones clase D para prestar el servicio de televisión para abonados por medio de un sistema alámbrico en la localidad de La Paz y Las Piedras del departamento de Canelones”, según resolución presidencial.
Ante esta situación, las empresas demandantes presentaron un reclamo en el TCA por entender que la decisión "violaba las normas reglamentarias de superior jerarquía; vulneraba el propio Pliego de Condiciones que rigió el llamado en virtud del cual se otorgó la licencia a VAL en el año 2004; contradecía el comportamiento seguido por la Administración frente a casos prácticamente idénticos, lesionando la igualdad y la seguridad jurídica; y era arbitrario, al convalidar una actuación completamente ilegítima de VAL". El TCA falló a favor de las demandantes.
Un nuevo llamado
La situación se sostuvo en el tiempo y en 2022 el Ejecutivo tomó la resolución mencionada de otorgar la licencia "provisoria" a VAL S.R.L. para que continúe funcionando hasta que se resuelva un próximo llamado.
Cable Video y Bruster presentaron recursos contra esa decisión a mediados de 2023. Señalaron que "la única explicación posible de tal convocatoria es la de permitir que VAL S.R.L. (‘Visión Canaria’), por interpuesta persona, continúe en el mercado prestando sus servicios (lo que constituiría una evidente desviación de poder)", entre otras cosas, porque "se aventuró en el escrito de recursos que 'todo indica que el “nuevo” cableoperador utilizará la infraestructura (red y mampostería) de VAL S.R.L., mientras actualiza su cableado con fibra óptica de cara a sumar una licencia clase B (que le permita también brindar el servicio de internet), y por sobre todo mantendrá a sus mismos abonados".
El 2 de agosto de 2023 se abrió el llamado y el único interesado que se presentó fue TELBROY S.A. que, según informan las empresas denunciantes, tiene una nómina de accionistas que coincide con la de TADILNOR S.A., titular del 97,5 % de las participaciones sociales de VAL.
Esto, para las empresas denunciantes, requiere que se rechace la propuesta debido a la "evidente inhabilitación e incompatibilidad que pesa sobre VAL S.R.L. y sus titulares para acceder a nuevas licencias de telecomunicaciones".
Por ende, solicitan que se revoque el llamado, "se advierta que la autorización provisoria dispuesta a favor de VAL S.R.L. continúa generando daños y perjuicios" y que, en el caso de que el llamado no se anule, "se permita el cierre de Cable Video Uruguay Ltda.".
Daños a las competidoras
Cable Video Uruguay Ltda. y Bruster S.A. aseguran haber sufrido dos tipos de daños por el accionar estatal: daño emergente por la pérdida de abonados y lucro cesante.
Las demandantes calculan que el daño emergente por pérdida de abonados entre 2014 y 2022 asciende a la suma de $209.507.396 (70 % de la pérdida, tomando como referencia el porcentaje del fallo de 2013); más USD 27.204 por honorarios profesionales. A esto piden sumarle el lucro cesante.
Quién es quién
En el artículo titulado Las nubes pasan: ¿los amigos quedan?, publicado en la edición del 15 de mayo de 2020 de Caras y Caretas, se detalla que VAL S.R.L., la empresa a la que el Estado permitió operar fuera de los plazos establecidos y renovó "provisoriamente" la licencia en 2022, está conformada por Rafael Inchausti Chao, Gabriel Pérez González, Juan Diego Abal Acosta, Fernando Parrado Dolgay, Luis Nelson, Balparda Guala, Néstor Osvaldo Criscio Gelmi, Martín Eduardo Yaquinta Higgs, Daniel Fernando Yaquinta Higgs, Héctor Oscar Amengual Dupetit, lgnacio Cersósimo Salvo y Magdalena Abadie Malet.
"Hay nombres y familias que parecen conocidas", escribió Alberto Grille en esa oportunidad, "vinculadas a Canal 10, a TCC, a Andebu y a la Asociación Internacional de Radiodifusión, a la política y a otros centros de poder muy cercanos del conocimiento y la amistad de nuestro actual presidente, Luis Lacalle Pou, y su familia".
Rafael Inchausti "es asesor de Canal 10, vinculado a TCC, integrante de Andebu y participó en la defensa de VAL S.R.L. en el TCA". El apellido Abadie "se relaciona en el círculo más cercano al presidente y su familia, los vínculos en este caso son casi de familia y forman un entramado de entrañable fidelidad. A esto le debemos agregar la vinculación de este apellido al Canal 10, al grupo Mainau Group fundado por el hijo de Ignacio De Posadas". Abal es una "familia de amplia tradición nacionalista".
Por su parte, Consorcio Telecable es propiedad de Clarice y Tomás Romay, miembros de la familia Romay de Canal 4 y CX20 Radio Montecarlo, pero "alejados (y en litigio)" con estos, señaló Gómez en su cuenta de Twitter.