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Derecho Humanos

El brillo de Luz Ibarburu

El Observatorio Luz Ibarburu y el registro de la Justicia

El Observatorio Luz Ibarburu es una de las herramientas de la sociedad civil en búsqueda de verdad y Justicia

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Caras y Caretas Diario

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El Observatorio Luz Ibarburu (OLI) cumple una década de incansable actividad en el monitoreo de las causas judiciales contra los represores durante el terrorismo de estado.

Es que son las organizaciones de la sociedad civil las que han sido garantes en la búsqueda de la verdad y la justicia

El 10 de octubre de 2012 en la sala Acuña de Figueroa del Palacio Legislativo, activistas de la causa por verdad y justicia, acompañados con quien posteriormente integraría la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el Dr. Alberto Pérez Pérez, presentaban una innovadora respuesta de la sociedad civil para enfrentar las dificultades políticas, judiciales y administrativas, que existían en el Estado, para que se cumpliera en tiempo y forma, la obligación impuesta al Uruguay por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a partir de la sentencia de febrero del 2011 en el caso Gelman.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) esta sesionando en Uruguay desde el 10 y hasta el 21 del mismo mes. Durante este período de sesiones se realizará la audiencia pública sobre la responsabilidad del Estado argentino en el proceso judicial que investiga el atentado de la AMIA y la audiencia de supervisión de la sentencia que condenó al Estado uruguayo por el incumplimiento de sus obligaciones en el caso Gelman.

La fecha de inicio de la institución que preside el juez uruguayo Ricardo Pérez Manrique, coincide con los diez años de nacimiento del Observatorio Luz Ibarburu (OLI).

Raúl Olivera integrante del OLI recuerda que se creaba originariamente como una herramienta destinada a monitorear una de aquellas obligaciones, la de remover todos los obstáculos que pudieran impedir la actuación de la justicia en las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en el llamado pasado reciente.

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10 años de creación del Observatorio Luz Ibarburu

10 años de creación del Observatorio Luz Ibarburu

Habían trascurrido casi 20 meses de la sentencia Gelman, en los que las organizaciones defensoras de los derechos humanos habíamos desarrollado un intenso relacionamiento con los distintos poderes del Estado y la totalidad del sistema político, que, en nuestra opinión, debían articular sus políticas públicas para hacer efectivo el cumplimiento de la citada sentencia del sistema interamericano de derechos humanos.

Allí, tomamos cabal conocimiento de las dificultades y demoras existentes, a todos los niveles, en disponer las medidas necesarias para dar cumplimiento a la Sentencia Gelman.

¿Dónde encontramos las dificultades? En declaraciones desde el Poder Ejecutivo, que no alentaban un encare serio y eficaz con relación al cumplimiento de la Sentencia, y los pronunciamientos de los tribunales judiciales, que podían ser un indicio peligroso en torno a qué posición se asumiría a con relación a los plazos de prescripción de los homicidios especialmente agravados. Y, por otro lado, con un Poder Ejecutivo, que no definía la forma de dejar sin efecto las resoluciones administrativas que en el pasado comprendieron a las denuncias penales, en el artículo 1º de la ley de caducidad. Y como telón de fondo, el Frente Amplio como fuerza de gobierno con mayorías parlamentarias, que se omitía de realizar cualquier iniciativa a nivel parlamentario, si no contaba con el aval previo de José Mujica. el presidente de la República.

En ese escenario se transformó en un aspecto de fundamental importancia, el lograr la unidad de un núcleo importante de organizaciones sociales que levantaran en torno a ese tema, un programa radical de defensa del derecho a la verdad y la justicia. Es a partir de esas premisas, que desde la Secretaria de Derechos Humanos y Políticas Sociales del PIT/CNT, le formulamos a las organizaciones de derechos humanos, la propuesta de crear el observatorio Luz Ibarburu, y estas la asumieron. A partir de ahí, teníamos dos elementos imprescindibles para dar con cierto nivel de eficacia y coherencia la batalla por verdad y justicia instalada en el sistema judicial penal: un programa, y un núcleo inicial de fuerzas sociales atrás de él respaldándolo.

En el propio desarrollo de estos 10 años, acrecentamos nuestras fuerzas iniciales, y asumimos nuevos desafíos. También logramos tejer ciertos criterios, propios de nuestra cultura de unidad, que fueron resolviendo o ubicando los matices y las tensiones en su justo y adecuado termino. Dicho de otra forma, a partir de la creación del Observatorio, se consolidó un grupo humanos que se sostenía, más allá de las representaciones institucionales, con un importante caudal de confianza y lealtad personal.

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Organizaciones sociales en defensa de la Institución de Derechos Humanos.

Organizaciones sociales en defensa de la Institución de Derechos Humanos.

El OLI visto por los técnicos

El abogado especializado en las causas judiciales sobre violación de los derechos humanos durante el Terrorismo de Estado, Pablo Chargoñia, consultado por Caras y Caretas expresó que uno de los principales roles del Observatorio fue la elaboración de una base de datos con los expedientes judiciales que se desarchivaron a partir de junio de 2011 a raíz de la resolución del Poder Ejecutivo de entonces que, en cumplimiento parcial de la sentencia Gelman de la Corte Interamericana de DDHH así lo dispuso. Esa base, que puede visitarse en www.observatorioluzibarburu.org, no existía ni existe en el Poder Judicial ni existía en la Fiscalía General de la Nación.

De hecho, cuando en 2018 comienza a actuar la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad, la información que maneja es la que contiene la base del OLI. A partir de 2015 comienza a actuar un equipo de abogados y abogadas lo que mejora la práctica de recolección y procesamiento de los datos de la base, pero además promueve denuncias y acompaña a las víctimas. Este es un giro cualitativamente trascendente en el Observatorio.

Se debe destacar el rol de denunciante, por cuanto no existe impulso de oficio del Poder Judicial -en los casos enmarcados en el anterior Código del Proceso Penal- ni tampoco de la Fiscalía Especializada -en los casos vinculados al nuevo Código-. Dicho más sencillamente: probablemente no estaríamos hablando hoy de las causas de Michelini y Gutiérrez Ruiz, o de Roslik, o del 300 Carlos, para mencionar unos pocos ejemplos, si no hubiéramos desplegado nuestra labor de patrocinadores de denuncias. Pero además, como Observatorio de políticas públicas, intentamos aportar una visión técnica sólida sobre los avances, retrocesos o estancamientos de las causas penales. En este sentido, vale mencionar nuestro aporte a la labor de supervisión de la sentencia Gelman, que lleva a cabo la Corte Interamericana de DDHH. Informamos sobre el actual debate judicial en torno a la naturaleza de crímenes de lesa humanidad imprescriptibles de los delitos de la dictadura. Por otro lado, recientemente logramos que la Corte tomara nuestra fundada crítica sobre la debilidad presupuestal y de cantidad de recursos humanos que presenta la fiscalía especializada y que va más allá de la confianza técnica en la labor de su actual titular el Dr. Ricardo Perciballe. De hecho en la sentencia del caso Maidanik y otros, la Corte Interamericana ordena al estado uruguayo a "fortalecer" la Fiscalía. Cosa que no ha hecho aun. Estos y otros aportes son posibles cuando se analiza el fenómeno de las responsabilidades penales del terrorismo de Estado en toda su complejidad, evitando la opinión superficial o consignista que empobrece el debate. Además, aportar armas informativas al pueblo es particularmente importante, especialmente en la actual circunstancia caracterizada por el embate impunidor con su agenda política de restablecimiento de la ley de caducidad o de concesión automática de prisión domiciliaria para los asesinos, desaparecedores y torturadores de la dictadura.

Desde Sitios de Memoria

Mariana Risso coordinadora de Sitios de Memoria Uruguay expresó para Caras y Caretas destaca el rol de estos colectivos sociales en concentrar y buscar unificar acciones en la lucha por verdad y justicia y el avance en las causas judiciales por violación de los derechos humanos durante el terrorismo de estado, y sistematizar la información sobre los procesos judiciales.

La Sociedad Civil

El Grupo de Trabajo sobre desaparición forzada de la ONU que estuvo a mediados de este año en Uruguay, en su informe preliminar destacaba que “los progresos que se han producido en las últimas dos décadas tanto con respecto al marco legislativo como al andamiaje institucional se han logrado gracias a iniciativas impulsadas o realizadas por familiares de víctimas o por la sociedad civil. En muchos casos, la responsabilidad de llevar adelante toda actividad relacionada con la búsqueda de las personas desaparecidas y las investigaciones de los crímenes ha recaído sobre las víctimas y sus familiares, por ausencia de una actitud proactiva por parte de las autoridades”.

Luz Ibarburu de Recagno falleció en el año 2006 luego de dedicar buena parte de su vida a saber el paradero de su hijo Juan Pablo Recagno y el de los desaparecidos en el marco de la coordinación represiva de las dictaduras latinoamericanas conocida como Plan Cóndor. Fue una de las fundadoras de la Asociación de Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos. Luz Ibarburu de Recagno falleció en el año 2006 luego de dedicar buena parte de su vida a saber el paradero de su hijo Juan Pablo Recagno y el de los desaparecidos en el marco de la coordinación represiva de las dictaduras latinoamericanas conocida como Plan Cóndor. Fue una de las fundadoras de la Asociación de Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos.

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