Inclusión en la Constitución
La abolición no quedó solo en una ley. En 1918, Uruguay dio un paso más al consagrar la prohibición de la pena de muerte en la Constitución, otorgándole jerarquía máxima y cerrando cualquier posibilidad de restauración por vía legislativa ordinaria. Desde entonces, la pena capital quedó excluida de forma definitiva del sistema jurídico nacional.
Con esta decisión, Uruguay se adelantó varias décadas a la mayoría de los países de América Latina y Europa. A lo largo del siglo XX y lo que va del XXI, el país no solo mantuvo la prohibición, sino que se posicionó de forma activa en foros internacionales a favor de la abolición universal, ratificando tratados que prohíben la pena de muerte incluso en situaciones excepcionales como la guerra.
¿Hubo intentos de restablecerla?
A diferencia de otros países de la región, en Uruguay no prosperaron iniciativas formales para restablecer la pena de muerte ya que la prohibición constitucional actúa como límite infranqueable y forma parte de un consenso histórico amplio.
Sí han existido, en distintos momentos, discursos aislados o planteos marginales que apelaron a la pena de muerte como respuesta a problemas de seguridad pública, especialmente en contextos de aumento de la violencia. Sin embargo, ninguna de esas expresiones se tradujo en proyectos de ley viables ni en propuestas plebiscitarias concretas, a diferencia de otros debates penales que sí llegaron a las urnas, como la baja de la edad de imputabilidad o el endurecimiento de las penas.
Incluso en los momentos de mayor polarización sobre seguridad, la pena de muerte se mantuvo fuera del debate político central, considerada incompatible con la tradición jurídica uruguaya y con los compromisos internacionales asumidos por el Estado.