Las redes sociales son objeto de estudio, reflexión y debate porque ponen en cuestión la tensión entre varios derechos: la libertad de expresión, la dignidad de las personas, el derecho al honor, a la intimidad, al pensamiento.
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En general el espacio virtual escapa a las legislaciones vetustas de los países, que deben aggiornar su normativa a una realidad que cambia a un ritmo vertiginoso. ¿Cómo controlar los contenidos en internet? ¿Cómo regular, poner algún límite? ¿Todo vale en las redes sociales?
Los delitos penados por ley, sin embargo, son independientes del espacio en el que sucedan. Por ejemplo, difamación e injurias, amenazas a la vida, fraude.
En el Código Penal uruguayo existe la llamada Ley de Faltas (Libro III - Título I, artículos 360 a 369) en el que figuran las faltas por capítulo y sus penas. Faltas contra el orden público, contra la moral y las buenas costumbres, contra la salubridad pública, contra la integridad física, contra la propiedad y faltas por la afectación y el deterioro de los espacios públicos.
El diputado colorado Juan Moreno presentó un proyecto de ley para agregar un capítulo a esa normativa que sería "de las faltas violencia digital". Dice el texto propuesto: Artículo 370. Será castigado con pena de 1 (uno) a 3 (tres) meses de prestación de trabajo comunitario: el que, a través del uso de cualquier medio digital, incurre en ridiculizaciones, amenazas chantajes [sic], discriminaciones, difamaciones y/o injurias hacia otra persona física o jurídica y/o instituciones públicas o privadas.
Caras y Caretasintentó comunicarse con Moreno para ahondar en la propuesta, pero no hubo respuesta. En la exposición de motivos del proyecto aparecen algunos de sus argumentos. Allí el diputado plantea que el uso masivo de las redes sociales modificó nuestras maneras de relacionamiento, educación, acceso a la información, diversión y hasta comercialización de productos y servicios.
Es en este contexto, asegura, que cobra relevancia la faceta digital de la violencia, que debe ser "reglamentada con detención". La violencia digital "surge porque existe una violencia que la precede y con la que se retroalimenta, que es la violencia diaria que se vive en las calles, colegios, trabajos, plazas, boliches, canchas de fútbol, etc".
"¿Podrían acaso las personas ser violentas en la calle y no serlo en internet, a través de las redes sociales?", se pregunta Moreno.
Es por eso que considera "de gran importancia contribuir con el combate de esta problemática actual que lamentablemente repercute, de forma impredecible, en la salud mental y social de los consumidores y usuarios digitales".
Libertinaje
Moreno dijo, en diálogo con El País, que "en todas las redes sociales las libertades se han transformado en libertinaje y las afirmaciones que se padecen a diario son tremendas [...] Verbalmente, a través de las imágenes… Trasciende no solo a quien se agrede, sino a su entorno y la condena social termina siendo muy grande".
El diputado resaltó que para él este proyecto de ley "no afecta a la libertad de expresión", pero puede hasta suponer un freno al uso que dan los propios legisladores a sus redes sociales. "Nadie está libre, todos estamos en el mundo de las plataformas digitales y las redes sociales. Hay que avanzar en una buena convivencia. Que haya una buena comunicación con respeto y educación", dijo al medio citado.
“Viola el derecho a la libertad de expresión”
Gustavo Gómez, director ejecutivo de Observacom y referente nacional en libertad de expresión, dijo en diálogo con Caras y Caretas que la propuesta le parece "inadecuada, desproporcionada e incluso innecesaria". Para el experto, "si llegáramos a pensar que efectivamente la violencia se produce a partir de la ridiculización en redes o hablar mal de una persona, creo que la norma no es adecuada, no va a solucionar ese tipo de problema".
Gómez insistió en que es necesario especificar de qué estamos hablando, porque si se trata de "agresiones, amenazas por redes, estamos hablando de otra cosa", pero "el diferencial que tiene esta ley es que amplía de manera muy vaga a cualquier tipo de expresión, digamos, ofensiva". El punto álgido de este proyecto es, para el experto, el término ‘ridiculizar’.
"Ridiculizar a alguien puede ser ofensivo, puede ser injusto, pero [esta ley] sería un problema para la protección de determinados derechos como el de libertad de expresión, que admiten también la posibilidad de ridiculizar", señaló Gómez. Puso como ejemplo la creación de memes sobre una figura política o la parodia de Graciela Bianchi que hizo la murga Queso Magro en el último Concurso Oficial de Carnaval.
Para Gómez, "que algo sea 'violento', entre comillas, en el sentido de ofensivo para alguien, no admite que pueda ser considerado una responsabilidad que se deba atender ante la justicia, así no sea con penas de prisión".
El proyecto le parece inadecuado "fundamentalmente" en el aspecto de la ridiculización, porque viola la libertad de expresión. "Hay otras formas de enfrentar la ridiculización que no son penas ni a través de juicios". También desproporcionado, por las penas previstas, "la posibilidad de que alguien por hacer un meme vaya a la Justicia; y esta no es una razón de fondo, pero la Justicia estaría llena de tuiteros, entre ellos, muchos políticos".
Y sobre la calificación de innecesario, Gómez explicó que se refiere a los otros aspectos del artículo, ya que "si efectivamente estamos ante agresiones o amenazas, no hay necesidad de establecer una ley nueva y mucho menos una ley con menos sanción que la que existe ya en el Código Penal. Si alguien amenaza de manera creíble a una persona, nosotros ya tenemos legislación y no se paga con tareas comunitarias. Cuando alguien puede comprobar ante la Justicia que hubo una agresión que podía terminar efectivamente en una realidad mediata, un daño grave e inminente, hacer trabajo comunitario no sería lo más adecuado". Esa protección ya está en la legislación. Lo mismo sucede con el delito de difamación e injurias.