Se realizó este miércoles la primera audiencia en el recurso de amparo presentado contra la vacunación anticovid en niños. Ahora el juez Alejandro Recarey espera la respuesta del ministro de Salud Pública, Daniel Salinas.
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En la audiencia Recarey planteó 18 preguntas para el ministro. Una vez finalizada la instancia el juez emitió una resolución, difundida por el Departamento de Comunicación del Poder Judicial, donde informa que además declararon los testigos Carlos Zunino (doctor de la Sociedad Uruguaya de Pediatría) y Daniel Argenti (doctor y asesor externo de Pfizer, asesor externo), quien aportó la documentación requerida en la intimación.
“Dos testigos médicos calificados (Giachetto y Zunino), han manifestado en audiencia que los prospectos de las vacunas Pfizer contra el Covid 19, según obran en acceso público contienen la absoluta totalidad de los componentes de los inyectables, paralelamente, es dable suponer que en la contratación de las compras de estas vacunas ha de haberse especificado la totalidad del contenido con detalle”, dictaminó el juez. Se refería al testimonio de Gustavo Giachetto, presidente del Instituto de Pediatría.
Considera que “se sigue que en este punto la evidencia contractual habría cobrado estado público”.
Por ello, asegura que no alcanza a comprender “la razón por la cual no podría tenerse acceso, cuanto menos estrictamente lo que hace a este punto, a lo estampado en los contratos de compras de las vacunas”.
“En otras palabras, no tendría sentido lógico ninguna confidencialidad al respecto. Así pues por este decreto se resuelve intimar a Presidencia de la República y al MSP [Ministerio de Salud Pública] a que en la prórroga de audiencia la que se dispondrá, presente amplio detalle del contenido de las vacunas Pfizer pediátrica de referencia según surge del contrato de compra, textualmente. O en su caso que exprese si la confidencialidad expresamente alcanza a este detalle”, expresa Recarey.
Finalmente prorrogó la audiencia para este jueves a la hora 9 “a efectos de recibir las alegaciones de las partes”.