Horas mas tarde de que el presidente de la República, Yamandú Orsi, anunciara en conferencia de prensa la rescisión del contrato con el astillero Cardama para la construcción de dos patrulleras oceánicas (OPV, por sus siglas en inglés), Presidencia publicó en su web una resolución que detalla los argumentos jurídicos y administrativos para tomar la decisión.
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La mencionada resolución (CM/336), establece que se rescinda el contrato de la construcción de las OPV al amparo del artículo 70 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), el cual establece que la administración podrá "rescindir unilateralmente" un contrato "por incumplimiento grave del adjudicatario".
La resolución del ejecutivo, habla de "graves incumplimientos" del astillero Cardama en relación a la constitución de las garantías.
Además, la resolución encomienda además al Ministerio de Defensa Nacional (MDF) el inicio de acciones judiciales "a los efectos del reclamo de los daños y perjuicios ocasionados a la Administración" por parte de la empresa Francisco Cardama S.A.
Los antecedentes que exhibe el documento del gobierno apuntan a que la garantía de fiel cumplimiento presentada por la empresa para la entrada en vigor del contrato es "falsa". Según el texto oficial, esta determinación se alcanzó tras pericias de la Dirección Nacional de Policía Científica y la intervención de un notario en España, hechos que fueron admitidos por la propia empresa en sus descargos.
Asimismo, la resolución detalla irregularidades en la garantía de reembolso, señalando que el documento presentado originalmente no era una póliza de seguro, sino un texto de "Términos y Condiciones" que no cumplía con los requisitos legales. El documento concluye que, de haberse detectado estas fallas en la etapa de análisis inicial en octubre de 2024, el contrato no habría llegado a entrar en vigor.
Finalmente, la resolución, que lleva la firma del presidente Orsi y el Consejo de Ministros, ratifica la voluntad del Estado de proseguir con acciones civiles, penales y administrativas, tanto a nivel nacional como internacional.
Resolución: