"Por supuesto, para nosotros, las garantías son las que permiten que ese contrato entre vigor, pero decidimos darle todas las garantías a la empresa porque, quizás, habían cosas que se podían solucionar, más allá de la gravedad del asunto. A partir de ese momento, seguímos recompilando pruebas, recogiendo más información. Y después nos encontramos con otra novedad: que la garantía de reembolso tampoco cumple con el contrato", profundizó el mandatario.
Otras medidas anunciadas
Además de rescindir el contrato, Orsi informó que el Gobierno tomó otras tres medidas: iniciar acciones por daños y perjuicios, iniciar acciones para recuperar el patrimonio del Estado uruguayo, definir responsabilidades institucionales e individuales y tomar las medidas necesarias, y procurar la adquisición de las patrullas oceánicas "tan necesarias para la soberanía uruguaya".
Díaz: "Cardama no es inversor y no invirtió nunca un solo dólar en la República Oriental del Uruguay”
A su turno, el prosecretario explicó que se trata de un contrato de suministro por el cual el Estado uruguayo contrató a una empresa extranjera para la provisión de embarcaciones OPB. En ese sentido, subrayó que no corresponde hablar de arbitrajes internacionales en el marco de tratados de inversión. “Acá no hay arbitrajes internacionales, porque no hay un inversor, sino que esto es un proveedor que suministra al Estado uruguayo determinadas cuestiones. Cardama no es inversor y no invirtió nunca un solo dólar en la República Oriental del Uruguay. Es un contrato de suministro y no se trata de una inversión”, enfatizó.
Díaz detalló que el acuerdo fue suscrito al amparo del artículo 33 del TOCAF, que habilita la contratación directa, y que establecía obligaciones para ambas partes. Según indicó, el Estado cumplió con todas sus responsabilidades, mientras que se constataron “graves incumplimientos” por parte del astillero, tanto en el plano jurídico y contractual como en el constructivo.
Precisó que la rescisión se fundamenta estrictamente en los incumplimientos jurídicos y contractuales. “El motivo de la rescisión se basa estrictamente en los términos jurídicos y contractuales”, sostuvo, y añadió que los incumplimientos en materia constructiva darán lugar a otras acciones, para las cuales ya se firmó una resolución en la jornada.