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Mundo Cristina Fernández | Argentina |

Causa Vialidad

Cristina Fernández: los fundamentos de una sentencia

Jueces que condenaron a Cristina Fernández difundieron este jueves los fundamentos de la sentencia de la Causa Vialidad en un documento de 1.616 páginas.

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El Tribunal federal de Argentina que condenó en diciembre a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner a seis años de prisión por el delito de "administración fraudulenta" dio a conocer las justificaciones de su veredicto en un documento de 1.616 páginas.

"Entre los años 2003 y 2015, tuvo lugar una extraordinaria maniobra fraudulenta que perjudicó los intereses pecuniarios de la administración pública nacional", señaló el Tribunal Oral Federal N 2 (TOF 2) en el escrito.

La justificación del fallo tiene lugar dentro de la causa que investigó el direccionamiento de obras viales en la provincia de Santa Cruz (sur) durante la gestión de Fernández como presidenta (2007-2015) y la del también exmandatario Néstor Kirchner (2003-2007).

En concreto, fueron cuestionadas 51 obras viales que fueron concedidas en esa jurisdicción al empresario Lázaro Báez, dueño de la empresa Austral Construcciones.

Los jueces señalaron que habían juzgado "un hecho de corrupción estatal" pese a que "la comisión de delitos en ámbitos organizados realmente dificulta la obtención de prueba directa en torno a hecho criminal".

Pero para el Tribunal, "se ha acreditado la intervención en la maniobra del integrantes de las más altas esferas del Poder Ejecutivo Nacional, de la Dirección Nacional de Vialidad y de la Administración General de Vialidad Provincial de la provincia de Santa Cruz, en connivencia con un empresario de la construcción dedicado a la obra pública".

El propósito era "asegurarle un beneficio económico tanto a este como a la sociedad conyungal integrada por los expresidentes Néstor Carlos Kirchner y Cristina Elizabet Fernández de Kirchner", postuló el TOF2.

Los magistrados Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu observaron "la presencia de un halo de oscuridad que entorpecía el conocimiento pleno del acto administrativo".

Ello no impidió afirmar que la expresidenta "contribuyó a la causación acumulativa del hecho defraudatorio único en sentido jurídico, es decir, la defraudación en perjuicio de la administración pública cometida a través de la obligación abusiva de los recursos públicos, en procura de un lucro indebido para Lázaro Báez y sus allegados, entre ellos, la propia Cristina Fernández".

Los magistrados observaron un trato de favor para con este empresario, "con quien la propia expresidenta y su familia realizaban negocios inmobiliarios y hoteleros, mientras, en forma simultánea, se ejecutaba la maniobra de defraudación".

El fallo también da cuenta el por qué fue absuelta del delito de asociación ilícita la vicepresidenta, para que los fiscales del juicio pidieron 12 años de prisión.

Fernández también fue inhabilitada a ejercer cargos públicos de por vida, pero la sentencia no es firme todavía, pues la vicepresidenta puede apelar el fallo.

Al término de los tres años y medio que duró juicio, el tribunal también sentenció a seis años de reclusión al empresario Lázaro Báez. El resto de los 11 acusados de la causa recibieron penas de cárcel que oscilaron entre los tres años y seis meses y los seis años.

La causa se inició a partir de una denuncia formulada por el director de la Dirección Nacional de Vialidad de la gestión anterior, Javier Iguacel, cuya primera medida fue ordenar la realización de una auditoría sobre la obra pública vial ejecutada en la provincia de Santa Cruz entre 2003 y 2015.

Esta es la única causa contra la vicepresidenta que fue elevada a juicio oral y público, el cual comenzó el 21 de mayo de 2019 y concluyó el 6 diciembre.

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