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Política Temu | EEUU | TIFA

¿Doble vara?

El dilema del impuesto: ¿Por qué gravar a Temu, pero no a las compras de EEUU?

Luego de las declaraciones de Oddone para justificar el impuesto a Temu y descartar la misma medida para compras en EEUU se desató una polémica sobre el TIFA.

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La reciente polémica sobre el impuesto que pretende establecer el gobierno para las importaciones que resultan de las compras a Temu, ha puesto en el centro del debate el alcance del TIFA, debido a las justificaciones del ministro Oddone para no gravar las importaciones provenientes de EEUU pero sí las de China.

El Acuerdo Marco de Comercio e Inversiones (TIFA) entre Uruguay y Estados Unidos ha generado un intenso debate. Mientras algunos afirman que el acuerdo protege las compras de franquicia de impuestos, expertos como el contador Gustavo Viñales del Cinve sostienen que esta interpretación es incorrecta.

Postura de Viñales: "Lean el TIFA"

Viñales, coordinador del Laboratorio Fiscal y Tributario del Cinve, es contundente: Uruguay debe gravar la importación de bienes de franquicia, sin excepción. Él afirma que la medida no viola el TIFA, contradiciendo la postura de otros analistas que defienden que las compras provenientes de Estados Unidos están protegidas, de acuerdo a lo expresado por el contador a La Diara Radio.

Viñales insta a la revisión del documento, argumentando que en ninguna parte del acuerdo se establece que las importaciones de bienes y franquicias no deban ser gravadas.

"el TIFA es una ley en Uruguay. En ningún lugar van a leer que no hay que gravar las importaciones de bienes y franquicias”

“Si vos leés el TIFA, lo que te queda clarísimo es que no deberías tener normas que te protegieran respecto de la introducción de esos bienes en el sistema de franquicias, pero naturalmente que no en los impuestos internos corrientes”, aclaró en el citado medio.

¿Qué es el TIFA?

El Trade and Investment Framework Agreement es un acuerdo firmado en 2007, que buscaba mejorar las condiciones de exportación de productos clave para Uruguay, como carne, lácteos y software, así como facilitar la importación de ciertos productos. El acuerdo se firmó en un contexto diferente, mucho antes del auge de plataformas como Temu o Shein.

El artículo 7 del acuerdo, referente a "envíos urgentes", establece que, en circunstancias normales, no se deben aplicar aranceles ni impuestos aduaneros a envíos de menos de 200 dólares. Sin embargo, quienes defienden gravar las compras con IVA argumentan que este impuesto no es un arancel aduanero, por lo que no estaría contemplado en la protección del tratado.

La diferencia clave en la interpretación radica en si el IVA se considera un tributo aduanero o no, lo que abre un debate legal y económico sobre la aplicación de impuestos a las compras de franquicia.

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